Seis meses más

La Fiscalía rectifica y no ve ahora “arbitrario” prorrogar la investigación del “caso Neurona”

No apoya el recurso de apelación de Podemos y pide a la Audiencia Provincial de Madrid que confirme la decisión del juez Escalonilla de ampliar el plazo de la instrucción

Juan Carlos Monedero, en la imagen a las puertas de los juzgados de Plaza Castilla, sigue investigado en el "caso Neurona"
Juan Carlos Monedero, en la imagen a las puertas de los juzgados de Plaza Castilla, sigue investigado en el "caso Neurona"Luis DíazLa Razón

La Fiscalía respalda finalmente que la investigación del “caso Neurona” sobre la supuesta financiación irregular de Podemos se prorrogue seis meses más. El pasado 27 de enero, el instructor de la causa, el juez Juan José Escalonilla, acordó la medida con el criterio en contra del Ministerio Público, que esgrimió que el resultado pendiente de dos diligencias -una comisión rogatoria a México para interrogar a dos empleados de la consultora y un informe pericial sobre un posible sobreprecio en los trabajos realizados para la formación morada en la campaña de las generales del 28 de abril de 2019- no justificaba alargar más la instrucción.

Pero ahora, aunque sigue insistiendo en que la investigación ha acreditado que los servicios que el juez sospechaba simulados se prestaron realmente, la Fiscalía no ha secundado los recursos de apelación de Podemos, Juan Carlos Monedero, de su tesorero, Daniel de Frutos, y del secretario de Comunicación, Juan Manuel del Olmo, que recurrieron esa prórroga y reclamaron el archivo de la investigación.

En un escrito al que ha tenido acceso LA RAZÓN, la fiscal del caso, Lorena Álvarez Taboada, pide a la Audiencia Provincial de Madrid que confirme la decisión del titular del Juzgado de Instrucción número 42 “por ser conforme a Derecho”. “Aun cuando discrepamos de la necesidad de la prórroga, no es ilógico haberla acordado -admite- habida cuenta las diligencias acordadas pendientes de practicar”.

Y aunque insiste en que sigue pensando que “las gestiones precisas para la práctica de diligencias acordadas quedan extramuros” de las posibilidades que ofrece la Ley de Enjuiciamiento Criminal para prorrogar el plazo máximo de instrucción de doce meses, reconoce que la interpretación que defiende “no es unánime, por lo que la resolución no es ilógica o arbitraria”.

Informe sobre un posible sobrecoste de los vídeos

Según recuerda la fiscal, en su informe del pasado 27 de enero (en el que se opuso a que la investigación se prorrogase seis meses más) defendió que no procedía la ampliación de la instrucción porque “todas las diligencias necesarias ya habían sido acordadas aun cuando no practicadas”. “No existían otras diligencias a practicar pendientes de ser acordadas” -subrayaba-, y tampoco se preveía que se tuviese que acordar otras nuevas.

“Acreditada la prestación del servicio -señala-, la única diligencia necesaria era la ya acordada” sobre la tasación de los servicios supuestamente prestados por Neurona y su valor real, para determinar si el precio de esos trabajos estaba inflado (y ese hipotético sobreprecio se hubiera podido desviar a gastos ajenos a los fines electorales).

Aunque las acusaciones que ejercen Vox, la ex senadora de Podemos Celia Cánovas y la Asociación de Juristas Europeos Pro Lege sí respaldaron desde un primer momento la prórroga de la investigación, discrepan de las conclusiones de la Fiscalía sobre la acreditación de los trabajos de Neurona.

En el escrito en el que se opone al recurso de Podemos contra la decisión del juez de encargar un nuevo informe pericial sobre un hipotético sobrecoste en los vídeos que habría realizado Neurona, Vox sostiene que no cree que se haya acreditado “la realidad de los servicios prestados” y se remite a dos informes de la UDEF de octubre del pasado año en los que -subraya- “más bien se acredita que los presuntos servicios se ejecutaron por personas que no consta que fueran trabajadores de Neurona”. Además, añade, “resultan dispares los documentos aportados por Podemos respectos del chat de Telegram” que aportó una trabajadora de Unidas Podemos, Karim Gajardo, sobre los contactos con el coordinador de Neurona, Carlos Portillo.

Diligencia “pertinente y útil”

“Tras el análisis de la UDEF”, defiende la letrada de Vox, Marta Castro, en un escrito del pasado día 15, “se hace necesario como mínimo” el informe pericial encargado por Escalonilla con el objetivo de esclarecer si los 363.000 euros que pagó Podemos a la consultora se correspondían con los servicios realmente prestados. “Lejos de entenderse que no existe atisbo de financiación ilegal”, defiende, “más bien existen claros indicios de que se ha procedido a una administración desleal y a una posible malversación de fondos”.

Podemos, De Frutos y Del Olmo también recurrieron ante la Audiencia de Madrid esa diligencia, que la Fiscalía considera “lógica a la vista de las diligencias practicadas” hasta el momento, por lo que pide a la Sala que avale la medida al considerar esa resolución “conforme a derecho”.

En este segundo escrito, la fiscal sostiene que “si bien es cierto que de las diligencias practicadas no resulta indiciariamente acreditado la existencia de un contrato simulado” entre la formación morada y Neurona, “no es menos cierto que con el objeto de agotar la investigación” esa decisión de Escalonilla es “pertinente y útil”, aunque “puede discutirse la argumentación”.

El juez Escalonilla esgrimió que el delito electoral se puede cometer también “cuando los fondos electorales son utilizados para el pago de un gasto electoral por un precio mayor a su coste real con la finalidad de distraer” parte de los fondos electorales “a un fin distinto al servicio que se retribuye, ocultándose” esa artimaña mediante la fijación “de un precio excesivo, no real y no concorde con los servicios realmente prestados”. Eso es, precisamente, lo que el juez pretende ahora esclarecer con el informe pericial aún pendiente.

Para Podemos, sin embargo, “una vez acreditada la realidad del servicio prestado por la consultora” y “descartada la presunta simulación”, al juez solo le resta “dar por concluida la investigación sin necesidad de acordar pericial alguna”.