
Terrorismo
Absuelta la exjefa de ETA Iratxe Sorzabal porque su confesión se obtuvo tras sufrir "tratos inhumanos" estando detenida
La Audiencia constata "una evidente vulneración de sus derechos fundamentales", por lo que considera que esa "kantada" es nula para condenarle por un atentado en Irún en 1995

La Audiencia Nacional ha absuelto a la exjefa de ETA Iratxe Sorzabal de un atentado en Irún en 1995 porque fue sometida a "tratos inhumanos" durante su detención policial que desvirtúan su "kantada" (mensaje a la dirección etarra con los pormenores de su arresto), en la que reconoció los hechos que se le imputan y que negó en el juicio.
La Fiscalía pedía para ella una condena de doce años de prisión por un delito de estragos terroristas por la colocación de un artefacto explosivo en el paso fronterizo del Puente Internacional de Santiago de la localidad guipuzcoana, que la banda terrorista hizo estallar el 8 de octubre de 1995 a las 12:30 horas. Aunque no hubo víctimas, la explosión causó numerosos daños materiales, sobre todo en el edificio de la aduana española.
El tribunal concluye en la sentencia que las pruebas practicadas en el juicio, sobre todo un informe aportado por la defensa realizado por un médico forense del Instituto Vasco de Medicina Legal, apuntan a que "en el transcurso de su detención" Sorzabal "fue sometida a tratos inhumanos, con vulneración de sus derechos fundamentales". En la medida en que, subraya, ese dictamen pericial defiende que "existe un grado muy alto de concordancia" entre las conclusiones del examen médico al que fue sometida en el Hospital San Carlos de Madrid y sus alegaciones de tortura o malos tratos tras ser detenida el 30 de marzo de 2001.
"Existe, por lo tanto, la evidencia, más allá de cualquier duda de que, durante su detención", añade la Sala, la exjefa de ETA "fue sometida a la aplicación de electrodos por parte de aquellos funcionarios que la custodiaban, y ello a fin de obligarle a declarar, lo que supone una evidente vulneración de sus derechos fundamentales".
El tribunal no ve "prueba lícita alguna"
Y aunque la acusación de la Fiscalía no se sustenta en sus declaraciones policiales, efectuadas tras su detención y que en todo caso no fueron ratificadas en el juzgado, sino en la "kantada" que escribió posteriormente en prisión (que fue hallada en un zulo de la localidad francesa de Castres el 29 de abril de 2002), la Audiencia considera que ese manuscrito está igualmente viciado de nulidad, "aunque lo sea de forma indirecta".
Y es que, subrayan los magistrados, "de no haberse producido la declaración tampoco se habría dado la citada misiva", esa "kantada" que cumplimentan todos los etarras detenidos "a fin de que la dirección conozca qué datos han suministrado a la Policía, y a fin de poder tomar medidas de seguridad ante posibles actuaciones policiales basadas en tales declaraciones".
En este caso, argumenta el tribunal, ese manuscrito -que supone, subraya, "toda la prueba de cargo aportada por la acusación"- es "un claro reflejo de las declaraciones prestadas en sede policial", y aunque la "kantada" resulte "más precisa en ofrecer datos y detalles" este hecho no impide "considerar que una (el manuscrito) es consecuencia y trae causa de la otra (la declaración policial)". "Sin la una no se hubiera podido producir la otra", concluye.
"Destrozada después de cinco días de incomunicación"
Para el tribunal, no se ha acreditado, "a través de prueba lícita alguna, la comisión delictiva que el Ministerio Fiscal atribuye a la acusada, puesto que la única prueba de cargo existente", reitera, el manuscrito que escribió después de su detención, "es nula de pleno derecho al haberse obtenido, mediante violación de los derechos fundamentales" de Sorzabal, "pues es consecuencia de los malos tratos (aplicación de electrodos) que sufrió durante su detención y que tenían por objeto que prestase declaración en los términos que se le indicaban".
Al no existir, afirma, "ninguna otra prueba de cargo destructora de la presunción de inocencia", acuerda su absolución. En este sentido, la Sala enarbola la doctrina del Tribunal Supremo que niega cualquier efecto a las pruebas obtenidas directa o indirectamente violentando los derechos o libertades fundamentales.
Sorzabal aseguró en el juicio que en ese "kantada" relató "todo lo que le había pasado durante la detención, todo lo que le habían dicho y lo que le obligaron a decir en esas condiciones". La escribió, explicó, estando en la cárcel, "días o semanas después" y recordó que estaba "destrozada después de cinco días de incomunicación, en los que la Guardia Civil la había torturado salvajemente", aunque "recordaba todo lo ocurrido esos cinco días, lo que le obligaron a hacer y lo que le obligaron a decir". E insistió en que "todo lo que le hicieron aprender de memoria es falso".
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