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Lisboa

El Senado aprueba la ley que permite el traslado de presos etarras de Francia a España

El Pleno del Senado ha aprobado el proyecto de ley de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea, que abre la puerta a que los presos de ETA que cumplen pena en otro Estado miembro (la mayoría en Francia) sean trasladados a una cárcel española. Al haberse introducido varias enmiendas técnicas, del PP, de la Entesa y de IU, el texto vuelve ahora al Congreso para su aprobación definitiva.

La modificación aprobada hoy traslada al ordenamiento español una normativa europea del año 2008, que permite que una condena firme de cárcel sea ejecutada en otro Estado miembro de la Unión cuando ello contribuya a facilitar la reinserción del condenado. Es decir, que los presos extranjeros sean enviados a su país de origen y que los españoles condenados en otros Estados cumplan su pena en España.

Hasta ahora sólo eran trasladados de manera definitiva cuando terminaban de cumplir sus condenas en los respectivos países y llegaban a España para cumplir condena por otras causas. También se producían entregas temporales durante un periodo de tiempo concreto para realizar trámites judiciales, principalmente para ser juzgados, pero luego eran devueltos al país que los había entregado.

La ley sólo ha contado con seis abstenciones de IU y Amaiur, entre ellos el abogado de presos de ETA y senador Iñaki Goyoaga quien ejerció como ponente de su grupo en esta Ley al ser el portavoz de la coalición abertzale en la Comisión de Justicia del Senado.

97 presos en 28 cárceles

Actualmente hay 97 presos etarras repartidos en 28 cárceles francesas y otro en una cárcel portuguesa de Monsanto (Lisboa), según los datos recogidos por Europa Press. En Francia se encuentran pesos pesados de la organización y muchos de sus últimos grandes dirigentes como Mikel Albisu, ‘Mikel Antza’ o Soledad Iparraguirre ‘Anboto’. Ambos integran actualmente el cuadro de portavoces del Colectivo de Presos de ETA y por tanto gozan de una evidente influencia en ese mundo.

Según publicó El Correo el pasado 3 de octubre serían 56 los presos a los que afectaría esta medida y ofrecía otros nombres como el de Félix Alberto López de Lacalle, ‘Mobutu’, Ibon Fernández, ‘Susper’, o Gorka Palacios, ‘Nagi’. Ese mismo día el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, negó en rueda de prensa que exista ningún contacto entre los gobiernos español y galo para preparar el traslado de alrededor de 50 etarras una vez que se haya aprobado la ley. “Para nada el presidente Rajoy ha hablado con el presidente Hollande de este asunto”, dijo.

Sin embargo, la norma regula que una resolución condenatoria sea ejecutada en otro Estado mediante la relación directa entre los órganos jurisdiccionales de ambos países, es decir, sin necesidad de que tomen parte los gobiernos. En la ley se prevé que intervengan la Fiscalía, el Juez Central de lo Penal y el de Vigilancia Penitenciaria para revisar y autorizar cada expediente.

Fuentes del Ministerio del Interior consultadas por Ep han explicado que es necesario esperar a que finalice la tramitación de la ley y sea publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para preguntar a Francia y el país galo comunique el número exacto de los presos que se podrían ver afectados por esta medida. En cualquier caso, estas fuentes consultadas hacen especial hincapié en que en ningún caso sería un traslado automático o en bloque y que la política penitenciaria del Gobierno no ha cambiado, es decir, que el hecho de que pudiesen ser trasladados no quiere decir que fuesen acercados al País Vasco.

La dispersión de presos se mantendrá

El Gobierno ha defendido la dispersión de presos etarras incluso después del cese definitivo de ETA. El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, ha manifestado en multitud de ocasiones que no habrá cambios mientras ETA no se disuelva definitivamente o los presos etarras rompan de forma individual con la banda.

Según esa política de dispersión, un preso trasladado desde Francia podría seguir cumpliendo condena en una cárcel de Cádiz por lo que su situación de alejamiento con el País Vasco o Navarra apenas variaría o incluso empeoraría pese a estar en España.

Fernández Díaz se reunió el pasado 9 de septiembre en Madrid con la ministra de Justicia de Francia, Christiane Taubira. Al término de ese encuentro, España y Francia emitieron un comunicado conjunto en el que ambos países se felicitaban por “la excelente cooperación policial y judicial” y acordaron poner en marcha “un sistema permanente de intercambio de información en materia penitenciaria, que verá la luz próximamente”.

El comunicado se refería a “un sistema permanente, dinámico y seguro, que sin duda servirá para mejorar el intercambio de información penitenciaria entre ambos países y, por extensión, los esfuerzos conjuntos en la lucha contra el terrorismo y la criminalidad organizada”.

Sin referencias a la banda ETA

En el debate de este miércoles en el Senado, ninguno de los portavoces que ha intervenido ha hecho referencia al posible traslado de presos de ETA. El portavoz del PNV, Jokin Bildarratz, ha recalcado que esta medida ordenada por la Unión Europea tiene como objetivo final facilitar la reinserción del condenado, “al permitirle mantener sus lazos familiares, ling~ísticos y culturales”, y ha pedido que la ley se cumpla en este sentido.

El Senado también ha aprobado un proyecto de ley complementario del anterior de medidas de protección a las víctimas sean efectivas en toda la Unión Europea, así como otro de intercambio de antecedentes penales.

De esta manera, se mejora la asistencia a las víctimas para garantizar que la orden europea de protección sea efectiva en todo el territorio de la Unión. Las medidas adoptadas a favor de una persona que se sienta amenazada la acompañarán en cualquier desplazamiento y quien haya ocasionado tal peligro tendrá que responder por su incumplimiento en cualquier país de los Veintiocho.

Las normas consagran el principio de equivalencia de las sentencias dictadas en la Unión Europea, por lo que serán tenidas en cuenta en los procesos que se produzcan tras la comisión de nuevos delitos en las mismas condiciones que si la sentencia condenatoria hubiera sido dictada en España.