
Interior
Interior ordena no sancionar el consumo y la tenencia de drogas en un vehículo estacionado
La Secretaría de Estado de Seguridad emite una instrucción donde se advierte a policías y guardias civiles de la naturaleza privada que tiene el interior de los vehículos

Una nueva polémica se cierne sobre el ministro del Interior Fernando Grande-Marlaska. La Secretaría de Estado de Seguridad ha emitido una instrucción para los miembros de la Policía Nacional y la Guardia Civil donde se pone en duda la posibilidad de sancionar a las personas que consumen drogas en un vehículo estacionado. La orden, a la que ha tenido acceso LA RAZÓN, está generando malestar y dudas entre los agentes que se enfrentan diariamente a este tipo de intervenciones en toda España.
Los frentes se le siguen abriendo a Fernando Grande-Marlaska. A las críticas por la cesión de competencias y la polémica por la compra de balas a una empresa israelí se le une ahora una instrucción que no acaban de entender los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Tanto policías como guardias civiles expresan sus dudas por la orden que se emitió este martes.
La normativa de drogas en vehículos
La Secretaría de Estado de Seguridad difundió una instrucción con el objetivo de regular la actuación de Policía Nacional y Guardia Civil respecto a la tenencia ilícita o al consumo de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas en el interior de los vehículos particulares utilizados "exclusivamente como medios de transporte estacionados".
En los primeros párrafos, el departamento de Marlaska reconoce que el consumo de estas sustancias en lugares públicos "supera el juicio de la mera probabilidad de un resultado perjudicial". Esta circunstancia supone "un daño para el bien jurídico protegido en el que se conforma la seguridad de las personas". Cabe reseñar que esta contemplado como una infracción grave en el marco normativo.
"Dicho precepto deja al prudente criterio de los agentes actuantes apreciar si el hecho de consumir drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas en el interior de un vehículo particular utilizado exclusivamente como medio de transporte estacionado es o no constitutivo de una infracción grave en virtud del apartado 16, puesto que el texto sólo menciona los trasportes colectivos", advierte la Secretaría de Estado de Seguridad trasladando la decisión a los policías y guardias civiles.

Sin embargo, la instrucción advierte que el Tribunal Supremo considera que los vehículos son objetos "que por su propia naturaleza guardan estrecha relación con el concepto de intimidad y privacidad de sus titulares, en cuanto son propicios y apropiados para albergar en su interior objetos y elementos reveladores del área más íntima de la persona". No obstante, subrayan que un automóvil no se puede considerar un domicilio.
Los criterios de actuación de Policía y Guardia Civil
Ante esta situación, Interior explica que "no sería posible incluir como conducta típica la realizada en el interior de vehículos particulares, por no haberlo previsto así la norma, al contemplar en su redacción sólo una modalidad concreta de medios de transporte: los de carácter colectivo". Después de esta introducción, el área de Marlaska argumenta los criterios de actuación para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FCSE) ante las diferentes situaciones que pueden materializarse en relación con las infracciones administrativas.
De esta forma, la Secretaría de Estado de Seguridad afirma que el "consumo o tenencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas" en un vehículo particular "utilizado exclusivamente como medio de transporte estacionado, no se considera subsumible en ninguna de las infracciones administrativas descritas por la citada ley". No obstante, advierten que cuando este se considere en tránsito sí que se podría tratar de una "conducta subsumible en el código penal, concretamente un delito contra la salud pública, o de un delito contra la seguridad vial".
Esta polémica instrucción que sugiere más dudas que certezas a los agentes se ha publicado en la Orden General de la Dirección General de la Policía y en el Boletín Oficial de la Guardia Civil. Un día después ya está en vigor por su publicación.
"Es un terreno pantanoso y en detrimento de la seguridad ciudadana el que se establezca por escrito a los agentes que el vehículo estacionado (que se encuentra en vía pública) goza de una protección especial para el consumo y tenencia de drogas", explica a LA RAZÓN Carlos Quero, portavoz nacional de UFP. Considera que con esta medida al mismo tiempo se está "animando" a consumir drogas con "impunidad dentro de un vehículo sin pensar en las consecuencias posteriores".
Asimismo, señala que si se "aumenta la demanda" de las sustancias estupefacientes podrían incrementarse los negocios de los grupos criminales dedicados al narcotráfico. En definitiva, esta normativa podría acarrear un crecimiento del consumo de drogas en los coches con el consiguiente riesgo para la seguridad ciudadana y vial
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