Fraude en Melilla

La Junta electoral saca los colores al partido de Aberchán: los sufragios por correo no emitidos fueron comprados y sus titulares no sabían a quién iban a votar

CpM pretendía la anulación de los recientes comicios por la exigencia del DNI a los que iban a votar

El pasado 23 de mayo se llevaron a cabo varias detenciones en Melilla por presunto fraude electoral
Dos agentes de la Policía Nacional en la puerta de un domicilio, 23 de mayo de 2023, en Melilla (España). La Policía Nacional realizó una operación con detenciones y registros en Melilla relacionada con la presunta compra de votos por correo para las elecciones municipalesIlies AmarEuropa Press

La Junta Electoral de Zona (JEZ) rechazado con contundencia los argumentos de Coalición por Melilla (CpM), el partido de Mustafá Aberchán, que pretendía que se invalidaran los recientes comicios por la exigencia de la presentación del DNI a la hora de emitir el voto por correo. Se da la circunstancia de que el número de votos que quedaron en el “limbo”, fueron solicitados y no entregados, coincide, curiosamente, con los perdidos por esta formación política con respecto a las elecciones de 2019.

Los de CpM argumentaban que lo de la presentación del DNI “en lugar de garantizar el voto libre lo que hizo fue influir en el comportamiento electoral en cuanto a que finalmente, la participación de más de la mitad de los solicitantes del voto por correo fue no depositar el voto y, por consiguiente, no participar en el proceso electoral”.

La Junta electoral es contundente al respecto:

--La exigencia del DNI no limitaba el derecho al voto fundamentalmente porque todos los que estuvieran impedidos o tuvieran una causa justificada podían solicitar que otra persona emitiera el voto solo solicitándolo previamente a la junta.

--La reclamación formulada por CpM “solo puede causar sorpresa” porque la intervención de la junta consiguió “todo lo contrario” a lo que establece el partido. Explica que los solicitantes del voto por correo “entregaron sin abrir la documentación electoral recibida a terceros, posiblemente a cambio de una remuneración económica, por lo que su voto no era libre (de hecho, ni siquiera sabrían a quién iban a votar), de modo que al exigírseles posteriormente a la entrega del voto su identificación personal, no hicieron las gestiones oportunas para recuperar su documentación electoral”.

--Resulta “difícil imaginar” que un elector que se ha identificado ya dos veces en la modalidad del voto por correo “no acuda a entregar su voto en la oficina de Correos porque tenga que identificarse nuevamente”.

--“Debe destacarse la espiral de contradicciones en que incurre la candidatura en relación con su pretensión de anulación del voto por correo y, por ello, del proceso electoral, pues se opuso a la exigencia de la identificación personal” pero “no recurrió el acuerdo por lo que implícitamente aceptó su contenido”.

Finalmente, la Junta Electoral insiste en la validez de su posicionamiento en torno al voto por correo, que fue avalado 24 horas después por la Junta Electoral Central. En ese sentido, asegura que la exigencia de identificación personal “no sería en ningún caso una interpretación contra ley sino una interpretación de un precepto legal que puede variar atendida la realidad del tiempo en que ha de ser aplicada y las circunstancias del caso”. Asimismo, hace referencia a “una investigación policial bastante avanzada” y “el hecho notorio de la apertura de diversos procedimientos penales” que terminaron con la condena a “numerosas personas por fraude electoral en relación con el voto por correo”, informa “El Faro de Melilla”.