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La Fiscalía mantiene su línea pese al «mensaje» de Sánchez

El Supremo también lo tiene claro: «No habrá ningún tipo de injerencias del poder político».

María José Segarra, fiscal general del Estado
María José Segarra, fiscal general del Estadolarazon

El Supremo también lo tiene claro: «No habrá ningún tipo de injerencias del poder político».

Las declaraciones del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en las que venía a sostener, en la misma línea que las expresadas por varios de sus ministros, que todo lo relacionado con el «procés» no puede tipificarse como un delito de rebelión, han causado un profundo malestar y sorpresa e el Tribunal Supremo, pero no parece que hayan hecho mella en la Fiscalía, que esta misma semana, previsiblemente el viernes, presentaría su escrito de acusación contra los 18 procesados que serán juzgados –otros siete están en rebeldía, entre ellos Carles Puigdemont–.

De hecho, fuentes fiscales aseguraron a LA RAZÓN que la fiscal general del Estado, María José Segarra, no ha «transmitido nada» a los representantes del Ministerio Público respecto a un hipotético cambio de criterio; sino que, por contra, siempre «les ha apoyado en todas sus decisiones». Segarra, insisten al respecto las fuentes consultadas, sólo ha mostrado en esta causa «prudencia, sensatez y conocimiento» y que, en ningún caso, «se ha barajado nada nuevo» respecto a un posible cambio en sus calificaciones.

De esta forma, todo hace indicar que esta misma semana Oriol Junqueras, Raül Romeva, Josep Rull, Jordi Turull, Joaquim Forn, Jordi Sánchez y Jordi Cuixart serán acusados por el Ministerio Público de un delito de rebelión, aunque algunos de ellos también de otros de desobediencia y/o malversación de caudales. Las peticiones de pena serán igualmente muy elevadas.

Segarra no ha dado ninguna instrucción o indicación para modificar los extremos del escrito de acusación, que está perfilado desde hace ya días y sólo resta ultimar la redacción y que la propia fiscal general otorgue su plácet al texto definitivo para su presentación en el Supremo. «Otra cosa será si a la vista de las pruebas que se practiquen en el Supremo se confirman los indicios o se modifica la calificación final», pero eso se produciría, en todo caso, al finalizar las sesiones de la vista oral.

Lo que sí puede ser significativo es que la Abogacía del Estado, dependiente del Gobierno y personada como acusación particular, prevé reflejar en su escrito que no hubo rebelión, sino sedición. Y ello, pese a que en principio, su papel estaría limitado al de reclamar el perjuicio causado al Estado por el 1-O.

Perplejidad en el Supremo

Por otro lado, en el Tribunal Supremo se considera «insólito» el hecho de que Pedro Sánchez realizara esas declaraciones, toda vez que van en la línea de «las críticas que se han hecho por algunos tribunales extranjeros, en que no se dan los elementos para tipificar lo sucedido como rebelión», porque faltaría el requisito de la violencia,

En todo caso, desde el Alto Tribunal se tiene claro que esas manifestaciones, y la de varios de sus ministros, no influirá en el juicio ni en la sentencia que se dicte en su día: «De injerencias, nada, en absoluto, la vía política no va a interferir en la vía judicial».

Y, junto a ello, los magistrados del Supremo no quieren ni remotamente un roce con el poder político, «más allá de la perplejidad que ha podido causar algunas declaraciones, las visitas a los presos en las cárceles –por dirigentes políticos– o que se les considere ahora interlocutores válidos. Pero nada de enfretamientos con el poder político».

En todo caso, fuentes jurídicas sí reconocen que con las declaraciones de Sánchez, que vienen a culminar las expresadas por varios miembros de su Consejo de Ministros, han creado un problema serio, que es el dividir a la sociedad española en un tema en que, en el fondo, tampoco existe tanta diferencia a nivel jurídico: «Ahora, mientras un sector dice que no hay rebelión, sino sedición, otro se mantiene en el delito de rebelión, cuando la diferencia en lo que es de sólo cinco años más de cárcel en el delito de rebelión». frente al de sedición».