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Ley del solo «sí es sí»: la mitad de las rebajas de penas del Supremo son por agresiones sexuales a menores

Un año después de su entrada en vigor, la normativa estrella de Irene Montero, reformada el pasado abril, ha provocado una media de tres reducciones de condena a agresores sexuales al día y al menos 121 excarcelaciones

Las ministras de Igualdad y de Derechos Sociales y Agenda 2030, Irene Montero e Ione Bellarra (i), durante el pleno celebrado este jueves en el Congreso.
Irene Montero lamenta en el Congreso la aprobación de la reforma de la ley del "solo sí es sí" el pasado abrilZipi AragónAgencia EFE

La mitad de las rebajas de condena acordadas por el Tribunal Supremo (TS) en aplicación de la ley de garantía integral de la libertad sexual, conocida como la ley del «solo sí es sí», afectan a agresiones sexuales en las que las víctimas eran menores de edad, según ha constatado el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Fuentes del órgano de gobierno de los jueces señalan que, a la espera de conocer los datos del pasado septiembre, de las 34 reducciones de pena que ha acordado el alto tribunal (tras analizar 103 sentencias) 16 tenían a menores de edad como víctimas de las agresiones sexuales, a las que hay que sumar otros dos casos en los que el delito se cometió contra personas con discapacidad.

La polémica normativa entraba en vigor hace ahora un año en respuesta a la condena del Tribunal Superior de Justicia de Navarra a los miembros de «La Manada» de los Sanfermines de 2016 por un delito continuado de abuso, y no por agresión sexual, una sentencia que fue posteriormente corregida por el Tribunal Supremo, que determinó que se trató de una «violación múltiple» a la joven. Tras la reacción social contra la sentencia, el Gobierno de Pedro Sánchez movió ficha y la normativa estrella del Ministerio de Igualdad de Irene Montero orilló en la reforma legal la diferencia entre abuso y agresión sexual y, en lugar del empleo de la violencia, situó la falta de consentimiento en el vértice del reproche penal.

Un año después, la ley ya ha sido reformada –apenas siete meses después de su entrada en vigor– para frenar la sangría de rebajas de condena a agresores sexuales, entre ellos, paradójicamente, uno de los integrantes de «La Manada». Y es que aunque la normativa, al equiparar ya el abuso y la agresión sexual, endurecía las penas, también supuso que en algunos casos la mínima pena prevista se redujese (las violaciones con agravantes, por ejemplo, pasaron de castigarse con doce a 15 años de cárcel a una horquilla de siete a quince años de prisión).

Al aplicar la reforma –entre recurrentes reproches de machismo desde las filas de Podemos–, los jueces se vieron obligados, en consonancia con el principio penal de aplicación de la norma más favorable al reo, a reducir las condenas cuando los tribunales optaron en la sentencia por imponerla en su grado mínimo. La resolución de aproximadamente un tercio de los recursos pendientes de revisión, y de los que se plantearon a partir de la entrada en vigor de la normativa, cambió entonces de signo y las reducciones de condena a agresores sexuales se sucedieron.

Las revisiones, "un esfuerzo importante"

Según los últimos datos facilitados por el Consejo General del Poder Judicial, hasta el 2 de septiembre se han rebajado al menos 1.205 condenas y 121 agresores sexuales han sido excarcelados a consecuencia de la aplicación de la ley. Unas cifras que seguirán engordando, pero ya en menor medida, dado que la mayoría de las audiencias provinciales (las que mayor número de sentencias han examinado, 2.311, que se han plasmado en 1.002 reducciones de pena) han revisado los recursos pendientes, cuya resolución se ha agilizado desde que el pasado junio el Tribunal Supremo fijase doctrina y avalase las reducciones de condena de las audiencias territoriales.

El alto tribunal se desmarcaba así del criterio de la Fiscalía, que se posicionó en contra de que se rebajasen las penas cuando la condena impuesta estuviese dentro de la horquilla de años de cárcel prevista por la ley del «solo sí es sí».

Un año después, fuentes del CGPJ admiten que la revisión de sentencias «ha supuesto un esfuerzo importante que ha paralizado el trabajo diario de las audiencias provinciales» y aventuran que a partir de ahora (con la ley modificada desde hace más de cinco meses) «las cifras van a variar poco».

En todo caso, desde el órgano de gobierno del poder judicial se recuerda que en febrero de 2021 el CGPJ ya advirtió en su informe al anteproyecto de ley de que las penas previstas para las agresiones sexuales suponían «una reducción del límite máximo» de algunas de ellas, lo que comportaría la revisión de condenas.

«Ha sido un despropósito total y absoluto», apuntan esas mismas fuentes. «Lo dijimos en nuestro informe y no hicieron caso», subrayan al tiempo que censuran el intento de «culpabilizar a la Justicia por un error que no le corresponde», además de provocar con esos ataques al poder judicial «desconfianza en la ciudadanía y manchar la imagen de España en la lucha judicial contra la violencia machista, en la que ha sido pionera». «Aunque estemos con el mandato caducado, seguimos trabajando y nuestra responsabilidad es poner de manifiesto jurídicamente las consecuencias que una reforma legislativa puede tener», aseguran reivindicando su dictamen.

Análisis pendiente en el CGPJ

En el Consejo ha sorprendido la notable proporción de reducciones de condena a agresores sexuales de menores y personas con discapacidad, a quienes se aplica el mismo tipo agravado en razón de su especial vulnerabilidad. En la mayor parte de los casos, los agresores pertenecen al entorno familiar de la víctima (el padre o la pareja de la madre, que en algunos supuestos analizados es también condenada por comisión por omisión).

Desde el propio Tribunal Supremo, se ha insistido en la necesidad de garantizar en estos casos la eficacia en los centros escolares de los protocolos de detección de ataques sexuales a menores, puesto que al ser víctimas de personas de su entorno suelen guardar silencio por el temor a represalias si denuncian.

«La ley pretendía proteger a las mujeres, pero no hemos sido conscientes de que la violencia sexual afecta también a los menores de edad», apuntan desde el Consejo que llevará a cabo ahora un análisis «cualitativo» de los efectos de la ley para poner cifras, por ejemplo, a la incidencia de todas las reducciones de condenas en caso de agresiones sexuales a menores y al número de años de prisión que se han rebajado en total.

Queda por delante una tarea mucho más compleja: determinar a través de los datos del Centro de Documentación Judicial (Cendoj) cuántas resoluciones -al margen de la revisión de las sentencias recurridas- han aplicado la ley del «solo sí es sí» mientras estuvo en vigor, y en cuántas se han reducido las condenas a agresores sexuales por la aplicación de la pena en su grado mínimo.

De momento, el órgano de gobierno de los jueces planea incorporar a su web, para su consulta pública, las resoluciones afectadas por la normativa en las que se han reducido las penas, tarea para la que ya se han anonimizado alrededor de 500. “La intención es anonimizarlas todas y que se puedan consultar con plena transparencia, visibilizando los hechos probados de las sentencias, teniendo en cuenta también el interés informativo que generan”.