Discrepancias

La mayoría progresista del TC: el aborto es "un derecho de la mujer"

La primera deliberación de la ponencia en el Pleno pone de relieve que el sector mayoritario no respalda el borrador

El Pleno del TC, presidido por Cándido Conde-Pumpido (en primer plano), ha rechazado el recurso del PP contra la reforma de la ley del aborto de 2010
El Pleno del TC, presidido por Cándido Conde-Pumpido (en primer plano), empezó a debatir ayer la ley del abortoJesus G. FeriaLa Razon

El Tribunal Constitucional (TC) abordó ayer por primera vez –casi trece años después– la resolución del recurso del PP contra la reforma de la ley del aborto de 2010, aprobada con el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero. Siete de los once magistrados –incluido el ponente, Enrique Arnaldo– expusieron en el Pleno sus posiciones jurídicas, que ya dejan atisbar que la mayoría progresista no está dispuesta a respaldar el borrador de sentencia, que ve inconstitucional la regulación de la información que se facilita a la mujer antes de tomar la decisión (no obligando a que también sea de forma verbal) y que cuestiona asimismo que el derecho a la objeción de conciencia no ampare expresamente no solo a los médicos, sino también a todos los sanitarios que participan en el proceso de interrupción voluntaria del embarazo (por ejemplo, a quienes se encargan de «recoger y destruir los restos»).

Según las fuentes consultadas, las intervenciones de los magistrados progresistas (Laura Díez y el exministro Juan Carlos Campo, ambos elegidos a propuesta del Gobierno de Pedro Sánchez, y María Luisa Segoviano y Ramón Sáez expusieron sus posiciones respecto a la ponencia) dejaron claro que la mayoría del Pleno no comparte que la mujer no tenga derecho al aborto, como defiende en el borrador de sentencia el ponente.

Como adelantó LA RAZÓN, Arnaldo sostiene en ese borrador del fallo, invocando la jurisprudencia del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos, que «no existe un pretendido derecho a abortar, sino un derecho a la salud sexual y reproductiva, del que pueden formar parte el derecho de la mujer a la información sobre las cuestiones relativas al aborto y al acceso a la práctica de la intervención médica para la interrupción del embarazo en los términos legalmente establecidos».

Previsible cambio de ponente

Sin embargo, los magistrados progresistas defendieron en esa primer deliberación –según esas mismas fuentes– la existencia de ese derecho al aborto de la mujer. A la espera de que hoy se pronuncien el resto de magistrados (el presidente de la institución Cándido Conde-Pumpido, la vicepresidenta Inmaculada Montalbán, y la también magistrada progresista María Luisa Balaguer, además del conservador Ricardo Enríquez), fuentes del TC apuntan que el rechazo de la mayoría al borrador del fallo obligará a un cambio de ponente (será el presidente el que deje en manos de un magistrado de la mayoría la redacción de la sentencia).

Al menos dos votos particulares están garantizados: el del propio Arnaldo y el de la magistrada Concepción Espejel, que intentó abstenerse sin éxito del debate porque en 2009, como vocal del Consejo General del Poder Judicial, firmó un extenso informe advirtiendo de tachas de inconstitucionalidad de la reforma de la ley del aborto.

La ahora magistrada del TC consideró inconstitucional el sistema de plazos (que permite el aborto libre hasta la semana 14 de gestación) porque, en su opinión, no protege un bien constitucionalmente protegido como es la vida del no nacido (nasciturus), que deja solo en manos de la decisión de la mujer.

El Pleno salva el quórum: tumba cuatro recusaciones

Después de negarse a apartar a Espejel del debate, el Pleno rechazó ayer igualmente la recusación planteada por cinco ex diputados del PP que hubiera dejado fuera de la deliberación no solo a Espejel, sino también a Conde-Pumpido, Montalbán y al exministro Campo. Si la recusación de los cuatro hubiese llegado a buen puerto, el Pleno no podría haber deliberado la reforma del aborto por falta de quórum.

Según expone el TC en su resolución, los cinco exdiputados que impulsan las recusaciones no están legitimados para instarlas «a título particular», pues sólo pueden hacerlo «la agrupación de 50 o más diputados que interpusieron el recurso». La decisión se adoptó con el voto en contra de Arnaldo y Espejel, aunque solo esta última firmará un voto particular.

Conde-Pumpido era fiscal general cuando se aprobó la ley, y respaldó un informe avalando su constitucionalidad. Espejel y Montalbán se pronunciaron sobre la normativa en sendos dictámenes cuando eran vocales del CGPJ, y Campo era secretario de Estado de Justicia.