Audiencia Nacional
Procesado por terrorismo el jubilado que envió una carta bomba a Pedro Sánchez
El juez Calama le imputa delitos de terrorismo y fabricación y empleo de artefactos explosivos
El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha procesado por delitos de terrorismo y fabricación y empleo de artefactos explosivos con finalidad terrorista al jubilado de 74 años que el pasado noviembre envió seis cartas bomba al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y a la ministra de Defensa, Margarita Robles, entre otros destinatarios.
Aunque no advierte indicios de su pertenencia o colaboración con organización terrorista alguna, el magistrado le atribuye el delito de terrorismo a Pompeyo G. P. -quien también remitió sus paquetes con explosivo a una empresa armamentística de Zaragoza, a las embajadas de Estados Unidos y Ucrania en Madrid y a la Base Aérea de Torrejón de Ardoz (Madrid)- porque las acciones que se le imputan, el contexto en que se produjeron (la guerra de Ucrania), la posibilidad de que los artefactos estallaran (como ocurrió en el caso de la embajada de Ucrania) y los destinatarios de sus acciones denotan los requisitos de este tipo de delitos.
Todos esos indicios, dice el juez, "evidencian que en el ánimo de dicho procesado está presente tanto el objetivo de alterar la paz pública, transmitiendo el mensaje de que nos encontramos ante unas acciones efectuadas por personas vinculadas a Rusia como represión hacia los intereses de España y Estados Unidos como consecuencia de su apoyo a Ucrania ante la ocupación rusa, como obligar a los poderes públicos de nuestro país a abstenerse del apoyo mostrado a favor de Ucrania frente a la agresión rusa".
Calama recuerda que los agentes hallaron en el registro de su vivienda "varias varillas cilíndricas que pueden corresponder con el mismo tipo de cilindros que alojaban en su interior el pistón incendiario de los artefactos explosivos caseros" remitidos, así como diferentes tornillos junto con muelles similares al "percutor" que se utilizó en los artefactos incendiarios, y taladros con brocas de precisión similares a las empleadas para su elaboración.
Restos de ADN
Asimismo, constata que los restos de ADN hallados en los artefactos se corresponden con su perfil genético, que la Policía obtuvo de una bolsa de basura que dejó en un contenedor junto a su domicilio cuando ya estaba siendo sometido a vigilancias. El informe de ADN realizado por la Comisaría General de Policía Científica, señala el instructor, "coincide con el perfil genético recogido" en las diferentes "partes internas" de los artefactos explosivos".
En su resolución, el magistrado también hace referencia a las imágenes grabadas por las cámaras de seguridad del Centro de Tratamiento Automatizado (CTA) de Valladolid, donde se matasellaron las cartas bomba dirigidos al Ministerio de Presidencia, a la embajada de EE U, y a la base de Torrejón, que finalmente no explosionaron, y que según ha puesto de manifiesto la investigación se habrían depositado en diferentes buzones exteriores de Burgos, y cuyos sellos se adquirieron en dos estancos situados en las calles San Pablo y Sombrerería de esa misma ciudad. La Policía también corroboró que el acusado adquirió 25 sobre como los utilizados en los envíos de forma online el 5 de noviembre del pasado año.
El juez Calama atribuye al acusado los delitos de terrorismo y fabricación y empleo de aparatos explosivos con finalidad terrorista en su modalidad agravada al tener en cuenta que los envíos se dirigieron expresamente al presidente del Gobierno y a la ministra de Defensa con su nombre y primer apellido.
Buscó alterar gravemente la paz pública
Además, invoca la doctrina del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo que señala que es posible considerar una acción como terrorista aunque no aparezca vinculada a una banda organizada cuando, por su naturaleza, "tenga la entidad suficiente para alterar gravemente la paz pública, es decir, las capacidad de crear en la población la situación de alarma o inseguridad configurará la acción como terrorista"
En cuanto al delito de fabricación y empleo de artefactos explosivos, el auto de procesamiento asegura que existen indicios racionales para entender que Pompeyo G. P. adquirió, entre otras sustancias, clorato potásico, azufre, y pólvora, "elaborando con estas sustancias los artefactos explosivos que posteriormente remitió por correo postal" con el objetivo de "alterar gravemente la paz pública". Además, añade, dentro de estos sobres "introdujo postas de plomo a modo de metralla para aumentar la potencialidad lesiva".
La investigación pudo constatar que entre los meses de junio y julio del pasado año, Pompeyo adquirió a través de Amazon un kilo de nitrato potásico puro, cable con mecha, interruptores y filamentos de cobre y bombillas incandescentes. Más tarde, en octubre y noviembre, también adquirió pegatinas adhesivas, bisagras, tornillería, brocas de precisión y plantillas para dibujar los números y el abecedario.
Tras el análisis de todos estos productos y su comparación con los utilizados en la confección de los sobres y cajas que contenían las sustancias explosivas, el juez ha concluido que las etiquetas autoadhesivas de color blanco adquiridas "son del mismo tipo que las que se coloraron en el dorso de los sobres donde se anotó el destinatario y su dirección", y que las plantillas que compró fueron utilizadas, "con una alta probabilidad", para escribir los destinatarios y direcciones de envío.
Los agentes también pudieron corroborar que el jubilado consultó online diversos portales de noticias como russiatoday.com, www.armas.es, el autodenominado "periódico digital mundial sobre armas en español" y las páginas web www.quimica.es y sputniknews.com.
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