Memoria Histórica

Tercer fallo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias contra el catálogo de restos franquistas

La Sala insiste en que hay «falta de audiencia pública» en el procedimiento

El monumento de Juan de Ávalos, escultor del Valle de los Caídos, en Santa Cruz de Tenerife, uno de los señalados
El monumento de Juan de Ávalos, escultor del Valle de los Caídos, en Santa Cruz de Tenerife, uno de los señaladosDreamstime

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha vuelto a fallar a favor de la suspensión de la Orden de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias por la que se aprobó el catálogo de símbolos, calles, monumentos y menciones franquistas en el ámbito territorial insular. El fallo de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC concede las medidas cautelares solicitadas por la Asociación para la Protección e Investigación del Patrimonio Artístico San Miguel Arcángel –a la que reconoce «legitimación activa»– y se suma a los autos favorables al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife y a la Asociación Reivindicativa de la Memoria Histórica Raíces.

El TSC canario recuerda que «en la pieza de medidas cautelares del procedimiento más antiguo», el «seguido a instancia del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife», se «estimaba la medida cautelar por motivos de apariencia sustancial: la falta de publicación íntegra del catálogo y la falta de audiencia pública en el procedimiento». Ahora considera que, «habiéndose subsanado por parte del Gobierno de Canarias el primero de los motivos, mediante la publicación íntegra en el BOC» del catálogo, persiste la falta de audiencia pública, «argumento determinante de la resolución adoptada el pasado 11 de mayo», donde se recordaba que la «motivación ha de ser fundada y cuando menos discutida, porque no basta con cualquier relación con el franquismo».

Aclara la Sala que ahora se «fundamenta en la teoría de la sustanciación, consistente en que lo ya declarado relevante respecto de los hechos constitutivos de un mismo caso no debe ser alterado por resoluciones posteriores, salvo que se alteraran fundamentalmente los hechos que han dado lugar al nuevo procedimiento, lo que no sucede» en este caso. Por ello, «procede adoptar el acuerdo de suspensión, aunque sea sobre un acuerdo ya suspendido».

El pasado 10 de mayo, el Gobierno de Canarias dio cumplimiento al auto del TSJC en el que se mandataba al Ejecutivo a publicar el catálogo de vestigios franquistas en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) de forma íntegra, y no solo en la página web de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

El documento tiene casi 2.600 páginas y por ahora solo cuenta con restos del municipio de Santa Cruz de Tenerife –circunstancia que destaca el TSJC– aunque desde el Ejecutivo canario se confiaba en que se levantara la suspensión cautelar dictada a raíz del recurso de la Asociación Reivindicativa de la Memoria Histórica Raíces, cuando lo que ha sobrevenido es un nuevo auto desfavorable.

El objetivo del Gobierno insular es ir incorporando al catálogo de forma progresiva los símbolos de todos los municipios de Canarias. De los otros dos recursos interpuestos, el del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife es precisamente por no tener culminada la relación de restos de todo el archipiélago, y el de la asociación San Miguel Arcángel busca la declaración BIC del Ángel obra de Juan de Ávalos ubicado en la Avenida de Anaga.

Para la Sala, que el catálogo solo recoja los elementos existentes en la ciudad de Santa Cruz de Tenerife es una decisión «arbitraria por carente de justificación y motivación y la falta de previa aprobación de la Estrategia de la Memoria Histórica por parte del Gobierno, previo debate en el Parlamento de Canarias».