
Tribunales
Condenada por besos, tocamientos y mensajes eróticos con su sobrino político
El alto tribunal de Galicia confirma los cuatro años de prisión para una mujer que mantuvo una relación sentimental con un menor de 15 años

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la condena de cuatro años y un día de prisión para una mujer acusada de mantener una relación sentimental y sexual con un menor de 15 años, sobrino de su antigua pareja. La sentencia ratifica la resolución dictada por la Audiencia Provincial de Ourense y califica los hechos como un delito continuado de abuso sexual a menor de 16 años.
Según recoge la resolución judicial, la mujer, nacida en 1985 y sin antecedentes penales, contactó con el menor en julio de 2020 a través de WhatsApp. Lo conocía por lazos familiares y era consciente de su edad.
Durante casi un mes, ambos mantuvieron encuentros diarios en los que se besaban y realizaban tocamientos en zonas erógenas, mientras la acusada insistía en que debían mantener la relación en secreto.
Los magistrados consideran probado que los mensajes de la aplicación, aportados al procedimiento, "no dejan lugar a dudas acerca de la índole y contenido sexual de las relaciones entre ambos".
A pesar de que no se acreditó la existencia de penetraciones u otros accesos carnales, el tribunal señala que los actos descritos -junto con la comunicación mantenida- reflejan un claro componente sexual, suficiente para sostener la condena.
La defensa intentó anular la sentencia alegando falta de credibilidad en el testimonio del menor y cuestionando la autenticidad de los mensajes. Sin embargo, el TSXG rechaza estos argumentos y subraya que la autenticidad de los textos fue corroborada por diversas pruebas, incluidos elementos personales mencionados en las conversaciones y la identificación de los números telefónicos.
Además de la pena de prisión, la condenada no podrá acercarse al menor ni comunicarse con él durante seis años, y deberá cumplir dos años de libertad vigilada tras su paso por prisión. También se le impone la inhabilitación para trabajar con menores por más de siete años y el pago de una indemnización de 4.000 euros a la víctima. La sentencia es recurrible ante el Tribunal Supremo.
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