
Abusos sexuales
Condenan a más de 11 años de prisión a un hombre por abusar de la hija de su pareja en Compostela
La menor tenía 8 y 9 años en el momento de los hechos y el tribunal destaca la coherencia y credibilidad del testimonio de la víctima

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago de Compostela, ha condenado a un hombre a once años y cinco meses de prisión por un delito continuado de abuso sexual contra la hija de su pareja, quien tenía 8 y 9 años en el momento de los hechos.
La sentencia, dictada en base al artículo 183 del Código Penal en la redacción vigente en aquel momento, incluye además diversas medidas de protección para la víctima y la imposición de una indemnización económica.
El tribunal ha impuesto al condenado la inhabilitación para ejercer cualquier profesión u oficio que implique contacto regular y directo con menores durante 14 años y 5 meses, así como la prohibición de aproximarse a menos de 300 metros o de comunicarse con la víctima por cualquier medio durante 21 años y 5 meses.
Además, deberá cumplir con una medida de libertad vigilada durante cinco años tras su salida de prisión y abonar una indemnización de 35.000 euros a la víctima por los daños causados.
Declaración de la víctima y pruebas concluyentes
En su resolución, el tribunal destaca la coherencia y credibilidad del testimonio de la víctima, calificándolo de “coherente, razonablemente persistente y verosímil”. Este testimonio, según los magistrados, se encuentra respaldado tanto por las pruebas físicas apreciadas en la menor como por las evidencias psicológicas aportadas en el informe pericial, el cual confirma la fiabilidad del relato.
La sentencia subraya que no existen indicios que apunten a una manipulación del testimonio o a la existencia de un objetivo distinto al de relatar los hechos sufridos. Los jueces valoran, además, la forma en que la denuncia de los hechos salió a la luz, considerándola compatible con las circunstancias vividas por la menor.
A pesar de la condena, la resolución no es firme, ya que el condenado puede presentar un recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).
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