Tribunales

Despiden a una teleoperadora en Vigo que se llamó 100 veces para no atender a clientes

La mujer, que ocupaba uno de los puestos destacados en el ranking de trabajadores, usó esta estratagema durante siete meses

El alto tribunal gallego considera la conducta del trabajador "una transgresión de la buena fe contractual"
Tribunal Superiro de Xustiza de Galicia (TSXG).Imagen propia

La picaresca tiene múltiples formas de actuar. Máxime cuando se trata de salvar algunas horas de trabajo, como acaba de reafirmar el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia validando el despido disciplinario de una teleoperadora de Vigo. ¿El motivo? Llamarse hasta un centenar de veces a su propio móvil evitando así atender las llamadas de los clientes durante esos períodos temporales.

Esta forma de proceder de la empleada, tal y como apunta La Voz de Galicia, se extendió a lo largo de siete meses, período durante el que el supervisor confió en el buen hacer de la teleoperadora. Sin embargo, al prolongarse las llamadas en el tiempo, el coordinar comenzó a sospechar.

Lo más curioso es que, pese a todo, la mujer ocupaba uno de los puestos más destacados en el ranking de trabajadores, cobrando incentivos y realizando campañas de fidelización o promoción.

Ahora, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha vuelto a validar este despido, que previamente ya había sido avalado por un juzgado de Vigo, lo que provocó el recurso de la teleoperadora. En este alegaba que lasllamadas eran de apenas segundos, haciendo más a medida que se acercó la fecha en la que sufrió una crisis.

La mujer argumentaba, a su vez, que las llamadas se efectuaban siempre en periodos de descanso, y que eran “sólo cinco o siete al mes y de escasos minutos”.

Frente a esta defensa, la sala considera probado que la intención de la empleada era “eludir el tiempo de prestación de servicio cuando no se encontraba disfrutando de tiempos de descanso”.

Sobre esta base, el alto tribunal gallego valida el despido disciplinario que le impuso la empresa por “transgredir la buena fe contractual, abuso de confianza, deslealtad y disminución del rendimiento”.