
Estafa
Desvió dinero de la empresa y falsificó una firma: condenada a dos años y medio de prisión por administración desleal
La Audiencia Provincial de A Coruña acredita cinco años de extracciones indebidas, transferencias irregulares y la falsificación de una póliza de crédito

La sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a dos años y medio de prisión a una socia y administradora de una asesoría por un delito continuado de administración desleal y otro de falsedad en documento mercantil, según la sentencia hecha pública este lunes. Además de la pena de prisión, los magistrados le imponen el pago de una indemnización de 36.966 euros a la sociedad perjudicada.
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Según el fallo, la acusada aprovechó durante años su posición en la empresa para disponer del patrimonio común como si fuera propio. Entre 2015 y 2020, ejecutó un conjunto continuado de extracciones de efectivo y transferencias bancarias que nunca fueron autorizadas por la otra socia, quien desconocía por completo el desvío sistemático de fondos.
La Sala detalla que se apropió de 27.416,40 euros en retiradas de efectivo y de 5.026 euros mediante transferencias, cifrándose el perjuicio total en casi 37.000 euros. A estas cantidades se suman también pagos personales cargados indebidamente a la contabilidad de la empresa.
El tribunal subraya que estas maniobras no fueron hechos aislados, sino una conducta prolongada en el tiempo, ejecutada con plena conciencia de que excedía cualquier ámbito de gestión empresarial legítima. Los magistrados destacan que la acusada actuó “al margen de cualquier consentimiento social”, vulnerando los deberes de lealtad y transparencia inherentes a su cargo.
A ello se añade un hecho especialmente relevante para la condena: la falsificación de la firma de su socia en una póliza de crédito. La Audiencia considera acreditado que manipuló ese documento mercantil para habilitar una operación financiera sin autorización, lo que reforzó la calificación penal de falsedad documental y evidenció, según el fallo, una voluntad de ocultar sus actuaciones.
La sentencia no es firme, contra ella cabe interponer recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.
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