
Abusos sexuales
Ocho años de cárcel en A Coruña por abusar de su propia hija menor de edad
Tras quedarse dormida, el padre comenzó a tocarla por debajo del pijama, llegando a introducirle los dedos en la vagina

La sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago de Compostela, ha condenado a ocho años de cárcel a un padre por cometer, sobre su hija de 16 años, un delito contra la libertad sexual, previsto y penado en los artículos 181.4 y 5, en relación con el artículo 180.1. 4º del Código Penal, en la redacción vigente en la fecha de los hechos (L.O. 11/1999, de 30 de abril).
En la sentencia, la Sala considera probado que el procesado, cuando la menor tenía 16 años y llevaba solo unos días residiendo en su domicilio -anteriormente vivía con su madre, de la cual el acusado estaba separado-, le dijo que se tomara la medicación que tenía pautada.
Tras quedarse dormida, según consta en la resolución, su padre, “para satisfacer sus instintos libidinosos, comenzó a tocarla por debajo del pijama, metiendo su mano bajo las bragas de la menor y tocándola por la zona exterior de sus órganos genitales, llegando a introducirle dos dedos en la vagina”.
A pesar de que la menor se despertó y, “paralizada por la sorpresa”, le pedía que parase, el condenado no lo hizo, según indican los jueces en el fallo, en el que explican que, finalmente, la víctima consiguió salir de la cama y de la habitación, refugiándose en el cuarto de baño.
El procesado, por su parte, abandonó el domicilio para dirigirse a su puesto de trabajo. Como consecuencia de estos hechos, la menor presentó síntomas compatibles con un trastorno por estrés postraumático.
La sentencia no solo ha dictaminado la pena de prisión. El tribunal ha dispuesto, además, que el condenado no podrá acercarse a su hija ni comunicarse con ella en los próximos 15 años.
Además, la justicia ha prohibido al acusado ejercer cualquier actividad que implique contacto regular y directo con menores por 12 años, una vez cumplida su pena, y deberá pagar 35.000 euros a su hija en concepto de indemnización.
Su declaración, según los jueces, fue un testimonio “persistente, firme, creíble”, respaldado por los diagnósticos y evaluaciones psicológicas que describen un estado de salud quebrado, en perfecta sintonía con el dolor de lo vivido.
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