
Agresión
A prisión por agredir a palos en una terraza de Galicia a un hombre y a su pareja embarazada
Lo golpeó repetidamente en la cabeza con una barra de madera de 50 centímetros y continuó la paliza cuando la mujer intentó protegerlo

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la condena de cuatro años y medio de prisión impuesta a un hombre que en junio de 2020 agredió con una barra de madera a un hombre y a su pareja embarazada en la terraza de un bar de la localidad coruñesa de Muxía.
La sentencia ratifica el fallo dictado por la sección segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña, que consideró los hechos constitutivos de un delito de lesiones con instrumento peligroso y un delito leve de lesiones, ambos agravados por reincidencia.
Según los hechos probados, el acusado acudió en torno a las 21.45 horas del 27 de junio de 2020 a la terraza de un bar donde se encontraban varias personas. Tras una primera discusión con uno de los presentes, se marchó del lugar para regresar poco después armado con una barra de madera de unos 50 centímetros.
En ese momento, una de las víctimas, al ver su regreso, se levantó para encararse con él. Fue entonces cuando el agresor lo golpeó directamente en la cabeza uno o dos veces, dejándolo aturdido. A continuación, lo persiguió mientras caminaba desorientado hasta que cayó al suelo, donde continuó golpeándolo.
Cuando la pareja del agredido, embarazada en ese momento, intervino para protegerlo, el agresor la golpeó también, llegando a impactar en la zona del abdomen, a pesar de que la mujer le gritó que estaba encinta. La violencia del ataque solo cesó con la intervención de un testigo que logró separar al agresor.
Lesiones
Las lesiones del hombre incluyeron una herida inciso-contusa en la cabeza que requirió ocho grapas y le dejó una cicatriz permanente. Por su parte, la mujer sufrió erosiones en el codo y la rodilla, contusión en un dedo de la mano y dolor en la zona sacroilíaca, precisando atención médica.
El tribunal impuso al acusado cuatro años y medio de prisión por el delito de lesiones con instrumento peligroso y una multa de 450 euros por el delito leve de lesiones a la mujer, además del pago de indemnizaciones por un total de 5.256 euros.
La sentencia, que destaca la violencia sorpresiva del ataque, el uso de un objeto contundente y la reincidencia del acusado, señala que este ya había sido condenado previamente en al menos tres ocasiones por delitos similares.
El recurso de apelación presentado por la defensa fue rechazado en su totalidad. Los magistrados no apreciaron vulneración del derecho a la defensa ni errores en la valoración de la prueba, y desestimaron la alegación de que el consumo de drogas pudiera reducir la responsabilidad penal del acusado. Tampoco se reconocieron dilaciones indebidas ni falta de imparcialidad en el proceso.
La sentencia del TSXG no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.
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