Setencia

Seis años de cárcel para un peluquero de A Coruña que convirtió el local en punto de venta

Empleaba el negocio para vender cocaína y éxtasis, ocultando las sustancias en un compartimento secreto del establecimiento

Audiencia Provincial de A Coruña.
Audiencia Provincial de A Coruña. Wikipedia

La Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a seis años de cárcel al propietario de una peluquería por un delito de tráfico de drogas. Según la sentencia, el acusado utilizaba su negocio como tapadera para la venta de cocaína y éxtasis, aprovechando el local para realizar transacciones de estupefacientes. Además de la pena de prisión, deberá abonar una multa de 3.454 euros y se le decomisaron 1.710 euros en efectivo, además de las sustancias incautadas.

Los hechos probados apuntan a que el 13 de mayo de 2022, alrededor de las 20.20 horas, agentes de la Guardia Civil observaron cómo el acusado entregaba a un cliente un paquete envuelto en una servilleta. Posteriormente, se verificó que contenía tres bolsitas termoselladas de cocaína, con un peso neto de 1,418 gramos y una riqueza del 75,43%.

Los agentes llevaban tiempo vigilando el establecimiento, debido al frecuente trasiego de personas que entraban y salían sin recibir servicio de peluquería. Tras la entrega de la droga, los agentes realizaron un registro en la peluquería, donde encontraron: 26 bolsitas termoselladas de cocaína con un peso neto de 12,268 gramos y una riqueza del 68,53%; 1 bolsita de éxtasis, con 0,901 gramos y una riqueza del 77,8%; diversas bolsitas ocultas en inhaladores y un cajón secreto del mueble de la peluquería.

En la parte trasera del establecimiento también hallaron restos de bolsas plásticas con recortes similares a los utilizados para empaquetar la droga, lo que indicaba una actividad organizada de distribución de estupefacientes.

Dinero en efectivo y antecedentes

Además de la droga, la Guardia Civil encontró 710 euros en efectivo ocultos en el cajón secreto y 1.000 euros más en el vehículo del acusado, repartidos en billetes de 100 euros. La sentencia destaca que el acusado no pudo justificar la procedencia del dinero, lo que refuerza la hipótesis de que procedía de la venta de drogas.

Asimismo, la resolución judicial señala que el peluquero ya había sido condenado en 2020 por un delito similar, recibiendo en aquel entonces una pena de 1 año y 9 meses de prisión, que le fue suspendida durante dos años. Su reincidencia ha sido clave en la agravación de la condena actual.

Alega consumo propio

Durante el juicio, el acusado intentó justificar la posesión de la droga alegando que era para su consumo personal, sin embargo, el tribunal rechazó esta versión. La sentencia recalca que la cantidad de droga incautada, la forma en que estaba almacenada y el hecho de haber sido sorprendido vendiendo estupefacientes a un cliente evidencian un claro tráfico de drogas.

El tribunal también tuvo en cuenta que el acusado solicitó tratamiento por drogadicción en 2019, pero su evolución ha sido negativa, sin adherencia terapéutica ni abstinencia. Pese a ello, el juez descartó aplicar una atenuante de drogadicción y mantuvo la pena en seis años de prisión, considerando la gravedad de los hechos y su reincidencia.

La sentencia impone además la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y el decomiso de la droga incautada, que será destruida.

La resolución se puede recurrir ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).