Fármacos en animales
Los veterinarios gallegos podrán emplear medicamentos humanos de uso hospitalario con animales
La medida se establece para fármacos que sean de “prescripción excepcional” cuando no haya medicación disponible para el caso
El Diario Oficial de Galicia (DOG) ha publicado hoy el decreto que regula los procedimientos y controles para que los veterinarios puedan solicitar medicamentos de humanos que sean exclusivamente de uso hospitalario, para aplicarlos a animales en caso de que no exista una alternativa terapéutica.
De acuerdo con el texto, que entrará en vigor en 20 días, el próximo 31 de marzo, la medida se establece para aquellos fármacos que sean de “prescripción excepcional” por “vacío terapéutico”, es decir, que no haya medicación disponible para el caso.
El uso de estos medicamentos quedará estrictamente reservado al acto clínico veterinario, el cual deberá realizarse, en todo caso, dentro de una clínica u hospital veterinario, y el medicamento deberá administrarse al animal directamente por personal titulado.
Cómo adquirir los medicamentos
Los veterinarios que deseen adquirir estos medicamentos para su uso en un animal deberán seguir uno de esos dos procedimientos. El primero, de autorización, cuando deban adquirir agentes antineoplásicos e inmunomoduladores, así como medicamentos que tienen autorizada en sus fichas técnicas alguna condición de almacenamiento manejo y eliminación de residuos específica.
El segundo de los procedimientos se refiere a la presentación de una comunicación previa ante la Consellería de Sanidad que les otorgará el derecho a que le sean suministrados medicamentos de uso humano de utilización exclusivamente hospitalaria distintos de los anteriores.
El decreto contempla, también, los deberes que tienen que cumplir los profesionales implicados en los procedimientos regulados y las responsabilidades en las que puedan incurrir en el caso de incumplimiento, toda vez que serán las oficinas de farmacia las únicas que puedan suministrar estos medicamentos. Asimismo, se prevé la aplicación de un régimen sancionador.
Tras la administración de los medicamentos, el veterinario responsable deberá registrar los datos del animal al que le fueron administrados (especie e identificación individual), la identificación de la receta (número de receta, nombre y número de colegiado del veterinario que la expidió) y los datos del propietario del animal (nombre, apellidos y dirección), así como la cantidad de medicamento empleado.
Quedan excluidos de este procedimiento, y por tanto no serán accesibles para el uso veterinario, aquellos antimicrobianos reservados para el tratamiento de determinadas infecciones en seres humanos, por ejemplo, antibióticos que, por problemas de resistencias, estén catalogados por la Agencia Europea del Medicamento como de uso restringido.
Fármacos para el dopaje
También se hará un seguimiento y control sobre los medicamentos dispensados para uso en veterinaria y que están autorizados para la estimulación de la eritropoyesis por tratarse de medicamentos de control en la lucha contra el dopaje. En este caso, los profesionales veterinarios quedan obligados a presentar una declaración anual del número de envases suministrados.
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