Relaciones laborales

El SAS obvia al TSJA y al Defensor y nombra nuevos cargos intermedios

El Sindicato Médico denuncia que se han convocado 81 puestos en los últimos meses 

Varias resoluciones de puestos relativos a cargos de dirección de Unidades de Gestión Clínicas aprobadas recientemente
Varias resoluciones de puestos relativos a cargos de dirección de Unidades de Gestión Clínicas aprobadas recientementelarazon

 El Servicio Andaluz de Salud (SAS) continúa con los nombramientos de cargos de dirección de Unidades de Gestión Clínica (UGC), pese a que la normativa que regulaba los puestos intermedios (Decreto 75/2007), cuenta con varias sentencias en contra por parte del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). Además también tiene en su contra otra del Defensor del Pueblo Andaluz, José Chamizo, en la que urge a regular «con celeridad» estos cargos, pues dicho decreto permitía los nombramientos «a dedo».

Según se puede comprobar en la página web del SAS y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), en los últimos meses se han publicado convocatorias de méritos y resoluciones definitivas relativas a cargos de carácter intermedio en hospitales de varias provincias andaluzas. En total, según datos aportados por el Sindicato Médico, se han convocado un total de 81 puestos, de los cuales, la mitad de ellos se concentran en centros sevillanos.

El nombramiento de todos estos puestos carece de base legal, ya que el nuevo borrador que sustituye al decreto del año 2007 está paralizado «sine die» ante la presión de los sindicatos. Es más, la propia consejera de Salud, María Jesús Montero, reconoció en marzo de este año que «en la actualidad es imposible efectuar nombramientos de estos cargos intermedios porque aún no está aprobado el decreto que regula estas unidades». Es decir, todas estas convocatorias de méritos se han llevado a cabo sin cobertura legal y «amparadas en las necesidades del servicio», como dijo la propia Montero. No obstante, no se alude a su urgencia, y por ello, a su excepcionalidad. Dos conceptos en los que la Administración se refugia para amparar las contrataciones «de facto» con las que se crean estas plazas sin su lógica regulación.

En este sentido, las centrales sindicales mantienen que dichas irregularidades se muestran de manera explícita en el sistema de «baremación de méritos», ya que no ha existido ninguna negociación con los representantes de los trabajadores, pues se trata en realidad de dar soporte jurídico a la «libre designación». Es éste uno de los motivos por los que está en los tribunales el Decreto 75/2007, cuyas sentencias contrarias fueron recurridas por el SAS ante el Tribunal Supremo.

En esas «convocatorias ex-press» se centran las principales críticas, ya que los sindicatos denuncian que se trata de una situación similar a la del «decretazo», cuya única finalidad es la de mantener en sus puestos a personas «afectas al régimen socialista», ante una posible victoria del Partido Popular en las próximas elecciones autonómicas.

Aunque estos nombramientos están todos recurridos, con la lentitud actual del sistema judicial se logra mantener dichos cargos «como mínimo cuatro años más», señalan desde el Sindicato Médico. Alcanzar uno de estos puestos supone un incremento salarial por productividad de unos 7.000 euros anuales, así como una evidente promoción profesional.

Las UGC, en la actualidad hay 487 en los hospitales andaluces, comenzaron a funcionar en el año 1999, pero a diferencia de las de Atención Primaria y Salud Mental, no contaron con ninguna regulación. Durante todos estos años, la dirección de las mismas recayó en los facultativos nombrados por la gerencia de los centros, cuyo cometido, a grandes rasgos, es racionalizar los recursos de la unidad en busca de una mayor eficiencia.

Es en este punto en el que se han levantado más ampollas, ya que las convocatorias recogen que pueden presentarse al cargo en igualdad de condiciones tanto un médico como un ATS, pese a que una de las funciones de la dirección de cargo es la Evaluación del Desempeño Profesional. De este modo, se puede dar el caso de que un enfermero analice el trabajo de un cardiólogo sin tener la formación necesaria.