Ministerio de Justicia

El ser de un juez

La Razón
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Recientemente el Consejo General del Poder Judicial ha aprobado unas bases sobre las posibles reformas del acceso a la carrera judicial, que, al margen de la valoración que se pueda hacer sobre las mismas, en su conjunto, son un buen trabajo. La carrera judicial, como cualquier otro alto cuerpo del Estado –registradores de la propiedad, notarios, abogados del Estado, etc– está formada por juristas de alta cualificación, muy bien preparados hasta el momento. Pero no cabe duda de que la inicial y más completa formación de lo que algún día será un jurista debiera producirse en la Universidad, y un cambio tan notable producido por la desaparición de las licenciaturas y la incursión de los grados, debe ser tenido muy en cuenta. Aunque ya no se puede hacer nada, habría sido necesario dar un trato diferencial a los estudios de Derecho, como base para ejercer el mismo en cualquiera de sus profesiones jurídicas –como se hizo con la medicina o las ingenierías–, pero no se hizo nada, y hoy hay que asumirlo, adaptando el sistema de acceso judicial a esta realidad. Por otro lado, también es necesario que los jueces, en un mundo tan abierto como el actual y, a la vez tan globalizado, deban ser conocedores de lenguas extranjeras. Además, y más importante, la diferencia radical entre la función de juzgar y otras funciones jurídicas, es que los jueces ostentan un poder del Estado, algo que no es baladí, puesto que supone formar a un jurista no solo en la ciencia del Derecho y su aplicación al caso concreto, sino además en la responsabilidad de que va a administrar un poder del estado, que es algo más que el simple ejercicio del Derecho. Un abogado tiene un papel esencial en la conformación del derecho de defensa, un fiscal en la defensa del principio de legalidad, un notario y un registrador suponen en España la garantía de una excelente seguridad jurídica preventiva, pero un juez tiene que ser consciente que desde que ejerce jurisdicción es un servidor de la ley en la administración de la justicia. En su dimensión más importante, decide sobre todo tipo de derechos, es garante de los derechos fundamentales y libertades publicas, y, desde las más altas instancias judiciales, controla la acción del poder ejecutivo absolutamente juridificado en la actualidad. Esta es, a mi juicio, la premisa mayor de la que se debe partir cuando se acometa la reforma del sistema de acceso a la carrera judicial. Pero ello exige reconocer y respetar ese papel del juez, y no buscar vías que lo que persigan, sea hacerse con una cuota de ese poder de forma partidista; tenemos que llegar a un sistema en que a nadie tenga que importarle ni ocuparle la ideología de un juez. Lo que más debiera ocuparnos es su preparación y su responsabilidad. Por ello, cuando se dice que se debe formar a un juez en nuevas habilidades que le predispongan hacia una mayor sensibilidad social, hay que tener cuidado en no confundir el conflicto social con las diferentes sensibilidades que, respecto del mismo, existen, de las cuales precisamente el juez debiera tomar distancia, sin que ello no le obligue a conocerlas.Es bueno que algunos dejen de pensar en modelos como el italiano, porque creen que políticamente les es más rentable, y piensen por ejemplo en el alemán, en el que por cierto, la Universidad en su conjunto garantiza la excelencia de cualquiera que haya superado los estudios de Derecho.El sistema de oposición libre en España, ha garantizado una excelente calidad de quienes la hemos superado. Ha posibilitado que, en contra de lo que algunos piensan, muchos licenciados en Derecho que provenimos de clases sociales humildes, hayamos podido acceder a la función pública en puestos de tanta responsabilidad, desde el mismo plano de igualdad que otros provenientes de familias con más recursos,y ello, gracias a un gran esfuerzo personal objetivamente valorado. Este sistema de selección en el futuro puede ser reformado, pero jamás debe ser denostado. En otro orden de cosas, no es malo que un jurista memorice la ley. Debe conocerla bien, sobre todo en un sistema jurídico regido por el principio de legalidad como el nuestro. cuando el legislador acometa esta reforma, debiera hacerlo pensando exclusivamente en prestar una mejor calidad del servicio público, y no en como ganar adeptos para causas partidistas; y por último, desde un profundo respeto a la función de juzgar, y a los propios jueces, valorando su trabajo , entendiendo la dificultad del mismo ,y que un juez es un «practicon» del Derecho,es un jurista que debe ser valorado fundamentalmente por el ejercicio de su función, y en todas y desde todas las instancias, tan jurista como los demás. Y lo que es más importante,debe hacerse desde una plena confianza en su función, y no desde una desconfianza hacia la labor judicial.