España

Junta y Gobierno faltan al decreto que exigen a los dueños de pisos

Para publicitar la venta o alquiler es imprescindible la etiqueta energética. Los edificios públicos no la tienen

Real Decreto establece que en dependencias públicas debe exhibirse en lugares visibles
Real Decreto establece que en dependencias públicas debe exhibirse en lugares visibleslarazon

SEVILLA- Una inmobiliaria con el escaparate vacío. Ni una sola oferta: ni para vender ni para alquilar. La explosión de la burbuja inmobiliaria no es responsable en este caso de ese ambiente desértico. El «nuevo impuesto» para edificaciones ya existentes, la conocida como etiqueta energética, es el causante. «No podemos publicitar ninguna vivienda que no cuente con el certificado –explica una trabajadora de la agencia–. Facilitamos a los clientes contacto con profesionales, pero ellos son los encargados de tramitarlos». Asegura que «todos lo hicieron antes del 1 de junio, pero aún no disponen de él».

La etiqueta para inmuebles es similar a la de, por ejemplo, los electrodomésticos. Con una calificación de la A (la mejor) a la G (la peor), valoran la eficiencia del piso o edificio en función de su consumo. Se reflejan las pérdidas de energía debido al sistema constructivo (muros, suelos, techos, carpinterías), orientación, sombreado e instalaciones en uso residencial o terciario.

La calificación energética, según estableció el Gobierno central, deberá estar incluida en toda oferta, promoción o publicidad dirigida a la venta o el arrendamiento. El propietario tendrá dos opciones: certificar de forma individual o contratar la certificación del bloque completo. Una opción que incrementaría el coste, estimado para una vivienda media en 250 euros por el Colegio de Ingenieros de Andalucía Occidental. Los precios oscilan en función de la tipología y del profesional al que se acuda: el abanico de ofertas para un mismo piso llega a oscilar entre 80 y 300 euros. Un gasto que, por otro lado, las administraciones no tienen que asumir. Como «actuación ejemplarizante» con el cumplimiento de una directiva europea que data de 2002 –y por la que España ha venido sufriendo sanciones la últianm en junio del año pasado–, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo incluyó que todos los edificios o partes de los mismos en los que una autoridad pública ocupe una superficie útil total superior a 500 m2 y que sean frecuentados habitualmente por el público, dispongan del certificado de eficiencia energética y exhiban su etiqueta «en un lugar bien visible». Eso sí, el decreto autoriza que sea personal técnico propio de cada administración el que supervise los inmuebles.

En esa línea, el complejo Cuzco que alberga los ministerios de Industria, Economía y Competitividad y parte de Hacienda y Administraciones Públicas, «ha sido calificado mediante el programa informático de referencia obteniendo la calificación energética C en emisiones de CO2 y C en consumo de energía primaria», según consta en la página web del departamento de José Manuel Soria.

La Junta, por su parte, confirmó a LA RAZÓN de Andalucía que tanto la sede de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo como la de la Agencia Andaluza de la Energía han obtenido su certificación, así como «los edificios más representativos», aunque no detalló la calificación obtenida.

En este sentido, fuentes de la Consejería explicaron que «las certificaciones se están realizando». «En las apenas cinco semanas transcurridas desde la publicación del Real Decreto hasta la puesta en marcha del registro ha habido que formar a profesionales de la propia Administración, para en la medida de lo posible ir abordando estas tareas con recursos propios», detallaron las mismas fuentes, que cifraron las dependencias que deben actualizarse en «más de tres mil». Respecto al otro punto que recoge el decreto, la exhibición de la correspondiente etiqueta, aseguraron que «irán colocándose progresivamente».

Una «tregua» autoimpuesta que sin embargo no se ha concedido a ciudadanos ni profesionales. Páginas web de venta de pisos como «Fotocasa», «Segunda mano» o «Idealista» mantienen anuncios en los que no se especifica si se dispone o no del certificado. Otros puntualizan que se encuentra «en trámite» e incluso hay anuncios en los que consta su valoración –varios incluso alcanzan la máxima, la «A»–.

Las inmobiliarias «físicas» sin embargo optan por no correr ningún riesgo, llegando a retirar todas las ofertas del escaparate para que el 1 de junio no figurara ninguna irregular.

De hecho, lamentan que no se está informando de las ofertas a posibles clientes para no arriesgarse a cometer una infracción, que sería considerada «leve» si simplemente no hace mención a la calificación y acarrearía multas de hasta 600 euros. Publicitarlo si el certificado no está debidamente registrado conllevaría una sanción «muy grave» y multa de hasta 6.000 euros.

El régimen sancionador corresponde aplicarlo a las comunidades. En el caso de Andalucía «se está trabajando en articularlo para impulsar tanto la protección de los consumidores como el cumplimiento del ahorro y la eficiencia energética», según Economía, Innovación, Ciencia y Empresa.

La Consejería insistió en que no se ha diseñado un periodo de adaptación para los propietarios –responsables últimos del cumplimiento de la normativa–, pese a que ese privilegio sí se ha aplicado para las administraciones. «El plazo arrancó el 1 de junio. Por tanto, a partir de esa fecha, todo ciudadano que desee vender o alquilar un inmueble de su propiedad, deberá contar obligatoriamente con un certificado», se limitó a contestar. No obstante, el Ejecutivo central ha dispuesto tres meses para que las autonomías hagan públicos sus registros. Es decir, que en septiembre deberán trasladar un inventario de los certificados a los departamentos de Industria y de Fomento. Una laxitud que contrasta con la rigidez para los propietarios de pisos, puesto que la no posesión del acta de eficiencia energética impediría en último caso cerrar cualquier operación de compraventa o arrendamiento. Como prueba de «buena voluntad» y para contrarrestar el denunciado afán recaudatorio y la inoportunidad de la medida, la Administración aclara que están exentas las viviendas con un uso menor a cuatro meses anuales.