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La juez descarta investigar por lesiones imprudentes al delegado del Gobierno por autorizar las marchas del 8-M

Acuerda la medida tras recibir un informe forense que rechaza vincular los contagios con las protestas, pero seguirá investigando a Franco por prevaricación

Delegación del Gobierno convoca a CEIM, UGT, CCOO, FMM y Comunidad de Madrid para conocer los estragos del Covid-19
El delegado del Gobierno en la Comunidad de Madrid, José Manuel FrancoJesús HellínEuropa Press

La juez de Madrid que investiga al delegado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco, por permitir la concentración del 8-M ha descartado la posible comisión de un delito de lesiones por imprudencia profesional, aunque continuará con la instrucción del procedimiento por prevaricación, según han confirmado fuentes jurídicas. La titular del Juzgado de Instrucción número 51 de la capital de España, Carmen Rodríguez-Medel, ha adoptado esta decisión en una providencia tras recibir un informe forense que concluye que no se puede establecer una relación de causalidad entre esa manifestación y los contagios por coronavirus.

Fue la propia magistrada la que hace casi un mes incluyó la posible existencia de un delito de lesiones imprudentes en la resolución en la que admitió a trámite la denuncia a título particular del abogado Víctor Valladares contra Franco por prevaricación por permitir esas marchas en la Comunidad de Madrid pese a que seis días antes el Centro Europeo para el Control y Prevención de Enfermedades había desaconsejado las concentraciones multitudinarias.

En ese mismo auto, la magistrada ordenó la práctica de varias diligencias de investigación a la Guardia Civil y al médico forense, con expresa advertencia de que no eran urgentes y que deberían practicarse cuando su disponibilidad lo permitiese a la vista de la evolución del estado de alarma. Al médico forense le pidió un informe por escrito en el que determinase “si las manifestaciones que tuvieron lugar en Madrid entre el día 5 y 14 de marzo de 2020 fueron susceptibles de causar un riesgo evidente para la vida e integridad física de las personas y, en caso positivo, si tal circunstancia era científicamente notoria con carácter previo a su celebración o, en su caso, cuando devino notorio”.

En esa misma línea, le solicitó que aclarase "si hay datos que evidencien que tal daño en la vida o integridad de las personas se materializó" desde un punto de vista "de probabilidad estadística, a la vista del índice de personalidades relevantes que acudieron a alguna de dichas manifestaciones y que han resultado contagiadas por el virus Covid-19". Para realizar ese informe, la magistrada puso a disposición del médico forense toda "la documentación sanitaria que precise de las autoridades o responsables sanitarios", que ella misma reclamaría de las autoridades, "debiendo siempre velar por la protección de datos personales de especial relevancia, como son los datos personales de carácter sanitario".

Rodríguez-Medel rechazó asimismo tramitar la denuncia presentada contra Pedro Sánchez y el resto de delegados del Gobierno por el mismo motivo al carecer de competencia, aunque instó al denunciante a que, en su caso, trasladase la denuncia contra el presidente del Gobierno ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, como efectivamente hizo.