Madrid

¿Qué actividades podré hacer fuera de mi municipio durante los nuevos confinamientos en Madrid?

Las excepciones conciernen a actividades relacionadas con el trabajo, los colegios o el cuidado de familiares y la realización de exámenes oficiales

Agentes de la Policía Nacional realizan un control de movilidad en la estación de tren cercanías de Orcasitas, en el distrito de Usera
Agentes de la Policía Nacional realizan un control de movilidad en la estación de tren cercanías de Orcasitas, en el distrito de UseraDPA vía Europa PressDPA vía Europa Press

La orden de Sanidad para diez municipios de Madrid entrará en vigor cuando sea avalada por el TSJM, siempre y cuando no quede paralizada por la Audiencia Nacional. Limita aforos, prohíbe desplazamientos a segundas residencias en otras localidades y exige una detección precoz de los contagios.

La orden elaborada por Sanidad establece que se restringirá la entrada y salida de personas de los municipios salvo cuando concurran una serie de excepciones.

Acudir al trabajo, los coles y el médico

- Dentro de las circunstancias contempladas para salir del municipio están la asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; el cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales o legales; y la asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.

- Del mismo modo, se autorizan los movimientos que supongan el retorno al lugar de residencia habitual desde estos espacios. Quedan excluidos, por tanto, los viajes a una segunda residencia fuera del municipio en el que se vive.

Exámenes o cuidado de un familiar

-También se autoriza la asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables

-El desplazamiento a entidades financieras y de seguros que no puedan aplazarse; las actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.

- Las renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables; la realización de exámenes oficiales inaplazables

-Otras actividades por causa de fuerza mayor o situación de necesidad; o cualquier otra actividad debidamente acreditada.