Covid-19

Madrid elimina todas las restricciones en el número y duración de las visitas a residencias de mayores

Los residentes vacunados podrán seguir recibiendo a sus seres queridos en sus habitaciones y los centros deberán facilitar a los familiares la estancia en distintas zonas comunes para las visitas

La consejera de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, Concepción Dancausa, visita el Centro de Mayores Puente de Toledo.
La consejera de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, Concepción Dancausa, visita el Centro de Mayores Puente de Toledo.Comunidad de Madrid/D. SinovaComunidad de Madrid/EFE

La Comunidad de Madrid elimina a partir del lunes 4 de octubre las limitaciones de número y duración de los encuentros de los usuarios en las residencias de mayores con sus seres queridos y, con ello, devuelve esta actividad a la situación existente antes de la pandemia por COVID19. En este sentido, el Gobierno regional continúa dando pasos para normalizar cada vez más la situación en estos centros, gracias a la evolución positiva de los datos de incidencia acumulada y a que, desde el pasado 21 de septiembre, ya se está administrando una tercera dosis de vacuna contra el COVID a los residentes.

La actualización del protocolo sobre salidas y visitas de familiares a estos centros, elaborado por la Dirección General de Coordinación Socio-Sanitaria y la Dirección General de Atención al Mayor y a la Dependencia, actualiza las medidas incluidas en la guía vigente desde el pasado 4 de agosto.

La mayor novedad del texto es que el número de visitas y la duración de las mismas ya no estarán sujetas a ninguna limitación, por lo que los distintos centros de la región retomarán el horario habitual que aplicaban antes de marzo de 2020. Los residentes vacunados podrán seguir recibiendo a sus seres queridos en sus habitaciones, y los centros deberán facilitar a los familiares la estancia en distintas zonas comunes para realizar las visitas, tal y como sucedía antes de la pandemia, en las que se deberá delimitar un aforo máximo en función de su tamaño. Como norma general, este aforo máximo será de un tercio de la capacidad habitual del recinto dedicado a facilitar estos encuentros.

Mascarilla obligatoria en espacios cerrados

De igual modo, se suprimen los aforos en los lugares de culto, celebraciones religiosas, instalaciones funerarias, establecimientos comerciales, bibliotecas, museos, cines, teatros, equipamientos culturales, espectáculos recreativos y culturales, instalaciones deportivas. Por otro lado, el uso de la mascarilla para mayores de 6 años, siguiendo la normativa estatal, se mantiene como hasta ahora. Es obligatorio en espacios cerrados, mientras que se recomienda llevarla puesta en el exterior cuando no se pueda mantener la distancia interpersonal, así como adoptar las medidas de prevención ya conocidas como el lavado frecuente de manos y la ventilación cruzada.

Sin límite de aforo en espectáculos culturales y festejos taurinos

En lo que respecta al ocio nocturno, la Comunidad de Madrid también elimina las restricciones de aforo y se permite la instalación de mesas altas para el consumo de pie por los clientes, guardando en todo caso la distancia interpersonal. En lo que se refiere a la actividad de baile, de momento sólo está permitido al aire libre, si bien en las pistas podrán instalarse mesas o mesas altas. La supresión del límite de aforo también se extiende a espectáculos culturales y recreativos, festejos taurinos y eventos deportivos, tanto si se desarrollan al aire libre como en interior. En todos estos espacios se respetarán las medidas generales de higiene y seguridad.