Tráfico

Este es el nuevo carné de conducir que la DGT estudia implantar y que será muy útil en Madrid

Se trata del B1 y facilitará el acceso a la movilidad eléctrica a los jóvenes desde 16 años

Solo en Madrid hay 3.500 motos eléctricas compartidas que cada mañana están cargadas
Solo en Madrid hay 3.500 motos eléctricas compartidas que cada mañana están cargadasAGUSTIN ESCAMEZ

La DGT está en conversaciones con agentes del sector porque una de las ideas que tiene sobre la mesa en estudio es la implantación de una nueva categoría de permiso de conducción en España, denominado B1, con el que se trata de facilitar el acceso escalonado a la movilidad eléctrica a los jóvenes desde los 16 años y será especialmente útil en grandes capitales como Madrid, donde la movilidad eléctrica aumenta y la capital se ha convertido en un verdadero laboratorio del “sharIng” . El permiso B1 ya ha sido adoptado y probado con éxito por algunos de los países de nuestro entorno como Portugal, Italia, Francia y Reino Unido.

¿Pero qué es el B1? Es una categoría de permiso de conducción ya introducida por la Directiva 2006/126/CE sobre el permiso de conducción. Este permiso habilita la conducción de vehículos de reducido tamaño, eléctricos, que precisan de escasa energía para moverse y con una velocidad limitada a 90 km/h y que pueden ser de dos, tres o cuatro ruedas. Según la directiva europea, la edad mínima establecida para obtener el permiso B1 es de 16 años.

En lo relativo a la formación necesaria para su obtención, la Directiva deja al criterio de cada país el contenido del examen. Las consultoras PONS Seguridad Vial y AEDIVE consideran que “la formación teórica debe ser equivalente en el caso del permiso B1 o del B, mientras que para el examen práctico sí que es necesario realizar pruebas diferenciadas dado que los requisitos para hacer el examen práctico son diferentes en ambos casos”.

Según estimaciones de estas consultoras en base a los datos del INE, este nuevo permiso daría la posibilidad de un primer acceso a la movilidad eléctrica a cerca de un millón de personas cada año y la implantación del permiso B1 sería una buena alternativa para cumplir los objetivos delAcuerdo de Paris contra el cambio climático.

Una de las principales ventajas de la implantación del B1 a corto plazo sería, en su opinión “el incremento de la seguridad en los desplazamientos, puesto que este permiso permitiría un acceso racional y escalonado a la conducción de automóviles, y una alternativa de movilidad más segura a los medios de transporte tradicionales”.

Ramón Ledesma, asesor de PONS Seguridad Vial, asegura que “las Directivas Europeas dibujan una tipología de vehículos y permisos de conducción para el ámbito urbano que, como ya han hecho otros países, cada vez tienen más sentido implementar. Si bien lo ideal sería que el movimiento urbano se desarrolle fundamentalmente en transporte público y bicicleta, lo cierto es que, en el caso de que haya que utilizar vehículos privados, éstos deben ser responsables y sostenibles. Hasta tal punto está evolucionando la ciudad que o son así o no serán. La introducción del permiso B1, limitado a estos vehículos, genera un cambio cultural en el uso urbano del vehículo mucho más razonable y adaptado a los nuevos tiempos”.

Para el director general de AEDIVE, Arturo Pérez de Lucia, el permiso de conducir B1 ofrecería ventajas importantes para la movilidad eléctrica en España “en cuanto a la concienciación, por llegar a un público joven que el día de mañana formará parte del tráfico y habrá podido superar las barreras del desconocimiento actuales en torno al vehículo eléctrico, haciendo de éste un público sensibilizado con una conducción eficiente y segura. Asimismo, permitirá que se desarrollen modelos de negocio basados en la movilidad eléctrica compartida que ofrezcan vehículos más seguros y confortables a un público joven que actualmente solo puede acceder al carné de motos A1, y por último favorecerá el desarrollo industrial basado en esta tipología de vehículos por parte de empresas españolas que buscan desarrollar factorías para producirlos en nuestro país, mejorando la competitividad y el empleo en el sector de la automoción”.

El carné no servirá para estos vehículos:
a) los vehículos cuya velocidad máxima por construcción no supere los 6 km/h;
b) los vehículos destinados a ser conducidos por un peatón;
c) los vehículos destinados a ser utilizados por disminuidos físicos;
d) los vehículos destinados a la competición, en carretera o todo terreno;
e) los vehículos que hayan sido utilizados antes del inicio de la aplicación de la Directiva 92/61/CEE;
f) los tractores y la maquinaria agrícola o similares;
g) los vehículos proyectados fundamentalmente como vehículos de ocio todo terreno con tres ruedas simétricas, una de ellas dispuesta en la parte delantera y las otras dos en la parte trasera;
h) las bicicletas con pedaleo asistido, equipadas con un motor eléctrico auxiliar, de potencia nominal continua máxima de 0,25 kilovatios, cuya potencia disminuya progresivamente y que finalmente se interrumpa cuando la velocidad del vehículo alcance los 25 km/h, o antes si el ciclista deja de pedalear; ni a sus componentes o unidades técnicas, salvo si están destinados a ser montados en los vehículos previstos en la presente Directiva.