Multas
Esta acción puede costarte hasta 1.500 euros si vas a una piscina municipal en Madrid
Es necesario conocer las restricciones de las piscinas en la Comunidad de Madrid
Con el aumento de temperaturas y la llegada del verano, miles de madrileños recurren a las piscinas públicas para refrescarse y sobrellevar el calor. Estas instalaciones, gestionadas tanto por el Ayuntamiento de Madrid como por la Comunidad, han experimentado una afluencia récord en los últimos años, lo que ha obligado a las autoridades a revisar y reforzar las normas de uso con el fin de garantizar la seguridad de los usuarios.
Bajo el Decreto 99/2024 de la Comunidad de Madrid, se regula las condiciones higiénico-sanitarias y de funcionamiento de las piscinas municipales, así como el Reglamento de uso de Instalaciones Deportivas del Ayuntamiento de Madrid, que establece prohibiciones específicas, sanciones según la gravedad.
Prohibiciones en las piscinas de Madrid
La normativa prohíbe la entrada de determinados objetos y conductas que puedan alterar la convivencia o suponer un riesgo para la seguridad y el mantenimiento de las instalaciones. Está prohibido introducir mobiliario personal, como sillas plegables, hamacas, mesas auxiliares o sombrillas. Este tipo de objetos no solo ocupan espacio, sino que pueden dificultan el paso e interferir en situaciones de emergencia.
También se regula el sonido y la música, permitida siempre y cuando se escuche con auriculares. Llevar altavoces o reproducirla en voz alta está considerado infracción. Por otro lado, no se permite reservar espacio durante horas con toallas o mochilas, ya que se considera que impide un uso igualitario entre los vecinos.
Entre las restricciones, también destaca la prohibición de recipientes de vidrio, objetos punzantes, inflamables o contaminantes, así como fumar o consumir alimentos fuera de las zonas habilitadas. Además, el acceso con animales está vetado, salvo en el caso de perros guía o similares.
Infracciones y sanciones
Las infracciones se clasifican habitualmente en tres niveles: leves, graves y muy graves. Las menos restrictivas, son aquellas que pueden afectar a la convivencia o funcionamiento del recinto. Estas conductas pueden ser sancionadas con multas de hasta 750 euros, especialmente en piscinas gestionadas por el Ayuntamiento de Madrid.
Las graves, incluyen acciones como el uso de altavoces sin auriculares, introducir objetos de vidrio, colchonetas o flotadores de gran tamaño. Las multas pueden ascender hasta 1.500 euros en piscinas autonómicas y hasta 3.000 euros en las municipales. Por último, las más graves, son aquellas que ponen en peligro la seguridad o el orden público. En estos casos, la multa puede alcanzar los 3.000 euros y puedes tener el acceso restringido temporalmente.