Familia

La Región de Murcia duplica las ayudas a las familias numerosas y a las monoparentales

La subvención está destinada a los gastos diarios de crianza de los menores como manutención o compra de vestimenta y calzado

Las familias numerosas de la Región de Murcia tendrán más espacio en las viviendas protegidas
Las familias numerosas de la Región de Murcia verán duplicadas las ayudaslarazonLa Razón

El Gobierno regional, a través de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, duplica la dotación presupuestaria destinada inicialmente a las familias numerosas y monoparentales, hasta alcanzar los dos millones de euros, una cantidad que permitirá ampliar el número de familias beneficiarias y llegar a alrededor de 1.200 unidades familiares, según informaron fuentes de la Comunidad.

La ampliación de crédito, publicada en el Boletín Oficial de la Región, está destinada a subvencionar los gastos diarios de crianza de los menores correspondientes a manutención, compra de vestimenta y calzado, como también a los que contribuyan a facilitar la conciliación familiar y laboral.

Otros gastos subvencionables incluidos en la convocatoria son los derivados por la compra de artículos higiénicos y sanitarios, accesorios de puericultura, productos de farmacia y parafarmacia, gastos relacionados con la asistencia a Centros de Atención a la Infancia (CAI), comedores escolares, abonos de transporte público y contratación de personal para el cuidado de menores o personas dependientes en el hogar.

El importe máximo de la ayuda concedida por unidad familiar será de 2.500 euros, otorgada en un solo pago y de forma no periódica.

Los gastos subvencionados deberán realizarse durante el año 2025, y su justificación se podrá presentar entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2026.

Como requisitos fundamentales, las familias beneficiarias deberán residir en la Región de Murcia, tener una renta per cápita familiar no superior al Iprem vigente; y tener reconocida la condición de familia numerosa de categoría especial o monoparental.

En el caso de tener hijas e hijos nacidos de parto o adopción múltiple, el nacimiento o acogimiento deberá ser, como mínimo, de tres menores a la vez y con edad inferior a seis años.