Opinión

Censura algorítmica y global

«Las grandes corporaciones digitales, los censores oficiales de la corrección política»

Bajo la premisa básica de que «no hay democracia sin libertad de expresión», todo régimen político para ser considerado democrático debe garantizar dicha libertad como condición necesaria, que no suficiente.

Así la CE en su artículo 20 reconoce y protege «el derecho a expresar y difundir libremente los pensamientos y opiniones mediante el escrito o cualquier otro medio de reproducción; derecho cuyo ejercicio no puede restringirse por ningún medio de censura». El texto es de 1978, cuando la revolución digital no había llegado, ni tampoco las TIC –tecnologías de la información y la comunicación–, por lo que este escrito debe ser adaptado e interpretado a luz de la realidad digital actual en la que vivimos.

La figura del censor «oficial» no cabe pues en nuestro ordenamiento, y otra cosa es la del titular del medio privado ejercida de una u otra forma. Pero el problema surge cuando se trata de medios con una presencia oligopólica en el mercado mundial de internet, y que aplican también algoritmos como medio habitual de censura.

El debate está abierto y, mientras, a nivel global la libertad de expresión está sometida a valores que imponen las grandes corporaciones digitales, que son los censores oficiales de la corrección política actual.

La ley debe regular el equilibrio necesario entre derechos y deberes en presencia, en unos medios inexistentes hace escasos años pero que hoy ocupan un papel relevante en una sociedad plural y democrática. Caso contrario el art. 20 de la CE es papel mojado.