Tráfico

La nueva ley de tráfico mantiene el margen de 20 km/h adicionales para adelantar

Sujetar el móvil en la mano mientras se conduce supondrá la pérdida de seis puntos del carnet; no llevar cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil o casco en las motocicletas se penalizará con cuatro

En la imagen, un guardia civil durante un control de carretera
En la imagen, un guardia civil durante un control de carreteraGUARDIA CIVILGUARDIA CIVIL

La Comisión de Interior del Congreso de los Diputados aprobó ayer el proyecto de ley que modifica el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad.

El texto mantiene el margen de 20 kilómetros por hora adicionales para adelantar en carreteras convencionales, una de las medidas más polémicas del proyecto de ley. La supresión de ese margen era una apuesta del Ejecutivo y de la Dirección General de Tráfico que, por sorpresa (lo que se interpreta como un error de un diputado), se cae de la ley, si bien el texto debe pasar aún por el Senado, donde el PSOE tiene intención de introducirlo en forma de enmienda.

Finalmente, el margen de 20 km/h para adelantar se mantuvo gracias a la enmienda número 55, presentada por el BNG, que se aprobó con un solo voto de diferencia (19 votos a favor y 18 en contra), mientras que las planteadas en esta misma materia por PP, VOX, ERC y PNV fueron rechazadas.

En su intervención, el portavoz del Grupo Parlamentario Popular, Óscar Gamazo, manifestó que no compartía que se eliminara el margen de 20 km/h en los adelantamientos, «una medida que no se sustenta en ningún estudio» y que «solo se puede justificar por el afán recaudatorio del Gobierno y su DGT».

Entre otras de las novedades que modifican la Ley de Tráfico de 2015 destaca la penalización con seis puntos del carnet el que los conductores sujeten el teléfono móvil con la mano. Con cuatro puntos se sancionará no utilizar el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil (sillitas infantiles), casco y otros elementos de protección. Además, se establece la obligatoriedad del casco para los usuarios de vehículos de movilidad personal, como los patinetes.

La nueva ley también sustituye la infracción grave consistente en «utilizar» mecanismos de detección de radares o cinemómetros por el mero hecho de «llevar en el vehículo» esos dispositivos. El nuevo tipo infractor mantiene la pérdida de 3 puntos que se asignaba a la anterior infracción.

Asimismo, se aprobó que a partir del 6 julio del próximo año los conductores profesionales de transporte de viajeros y mercancías deberán disponer de alcoholímetros antiarranque, que impiden arrancar el motor del vehículo cuando el conductor rebasa el límite de alcohol permitido legalmente.