Recurso
La Fiscalía reclama la libertad de Juana Rivas
Insta a la Audiencia de Granada a adoptar la medida para que sus hijos puedan “recuperar y normalizar la relación con su madre”
La Fiscalía ha recurrido ante la Audiencia Provincial de Granada el auto del juez que denegó la libertad de Juana Rivas, condenada por sustracción de menores al negarse a entregárselos a su ex pareja, de nacionalidad italiana. El Ministerio Público hace hincapié especialmente en que se tenga en cuenta “el superior interés” de sus hijos menores a “recuperar y normalizar la relación” con su madre.
Para la Fiscalía, además de cumplirse los requisitos legales establecidos en el Código Penal, hay otros motivos que fundamentan su puesta en libertad: ha satisfecho las responsabilidades civiles, tiene un “pronóstico de reinserción favorable y ha acatado los fundamentos de la sentencia condenatoria, puesto que ha venido cumpliendo escrupulosamente el régimen de visitas establecido por la justicia italiana”.
Para el Ministerio Público, resulta relevante que el padre de los pequeños haya solicitado también la libertad de su ex mujer, así como el hecho de que los tribunales italianos le hayan concedido “un amplio régimen de estancia” durante el período navideño, lo que da muestra -recalca- de la confianza de esa jurisdicción civil en el ejercicio del derecho de visitas por parte de Juana Rivas.
Reproche al juez que denegó la suspensión de la pena
Según expone, las valoraciones y apreciaciones realizadas por el titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Granada para denegar la suspensión de su condena a dos años y medio de cárcel por sustracción de menores, por sus hijos y mantenerlos alejados de su padre (una pena que tras el indulto parcial del Gobierno se ha reducido a un año y tres meses de prisión) son “puramente personales”.
Inicialmente, la mujer granadina fue condenada a cinco años de prisión por dos delitos de sustracción de menores, aunque posteriormente el Tribunal Supremo rebajo la pena a dos años y medio al considerar que cometió un único delito, y no dos.
“No ha sido contrastado de manera objetiva con los datos obrantes en la causa ni lo relativo al arrepentimiento -no necesario, por otra parte, para el otorgamiento de la suspensión-, ni a la reiteración en el delito ni, en particular, a la alusión que se formula sobre una causa que fue sobreseída por no quedar debidamente justificada la perpetración del delito, y en la que en ningún caso existió atribución alguna de responsabilidad, por acción u omisión, ni a la Sra. Rivas, ni a su exmarido, ni a persona alguna de su entorno”, mantiene la Fiscalía.
Esta decisión se produce después de que trascendiese que Rivas ha obtenido una ampliación de los permisos de salida del Centro de Inserción Social (CIS) Maltide Cantos de Granada que le permitirá atender sus obligaciones laborales todos los días de 8:00 a 21:30 horas, teniendo que volver a dormir al centro, y podrá disfrutar de dos fines de semanas al mes, con lo que podrá “pasar las Navidades con sus hijos”, según detalló en un comunicado su abogado, Carlos Aránguez.
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