Sustracción de menores

El Supremo se opone al indulto total de Juana Rivas y se fractura en el perdón parcial

Ocho magistrados a favor y ocho en contra de conceder la medida de gracia para reducir la condena de dos años y seis meses de cárcel por sustracción de menores

El Tribunal Supremo se ha opuesto a la concesión de un indulto total a Juana Rivas,condenada en 2018 a dos años y seis meses de cárcel por sustracción de sus dos hijos menores de edad. El debate ha sido intenso en el seno de la Sala de lo Penal que ha quedado totalmente dividida en cuanto a una medida de gracia parcial con ocho magistrados a favor y ocho en contra. Por ello, el tribunal ha decidido enviar un informe al Gobierno, que es quien decide en última instancia, en el que se recogen las posturas tanto de un lado como del otro.

“Los términos en los que se ha desarrollado la deliberación no han permitido obtener una conclusión unánime en uno y otro sentido”, expone el informe del Tribunal que ya el pasado mes de abril acordó rebajar la pena de Rivas de cinco años de cárcel que le había impuesto la Audiencia Provincial de Granada. Las posiciones son claras en cuanto al indulto total: no, porque la sustracción de menores se produjo y el delito es grave. Cabe recordar que Rivas se negó en 2017 a entregar a sus dos hijos a su exmarido Francesco Arcuri -sobre quien pesaba una condena de malos tratos de 2009- incluso con una orden de un juez mediante para que se los llevara de regreso a Italia de donde él es natural.

Sin embargo, las posturas para el indulto parcial han sido irreconciliables. Rivas había solicitado la medida de gracia el pasado mes de mayo alegando que carecía de antecedentes penales, que estaba participando en un proyecto de empleo autónomo y que estaba cumpliendo rigurosamente con el régimen de custodia con su exmarido Francesco Arcuri.Este también envió un escrito al Supremo para oponerse al indulto. Por su parte, la Fiscalía del alto tribunal respaldaba el indulto parcial y ocho magistrados se han alineado con ésta.

El ponente, Andrés Palomo, expone que el interés principal por el que consideran que Rivas debería tener un perdón parcial es por el menor. Señala a unos documentos que ésta ha incorporado junto a su petición de indulto y que tienen fecha posterior a su condena. En concreto, un informe de 2019 de una clínica de Cerdeña en el que el hijo mayor manifiesta “su deseo de vivir con la madre y los malos tratos de su padre” de quien dice tener miedo. “Temor de que se entere su padre de las manifestaciones que realiza pues en una ocasión similar que había hablado con un juez se había enfadado mucho y le había maltratado; expresa que le coge de las muñecas y le escupe en la cara y concreta diversos insultos que le profiere”.

Los magistrados -junto a Palomo, Andrés Martínez Arrieta, Juan Ramón Berdugo, Antonio del Moral, Ana Ferrer, Vicente Magro, Susana Polo y Javier Hernández- dicen ser conscientes de que no se trata ahora de enjuiciar si los malos tratos existen o no y, por eso, obvian por ejemplo unas fotografías que también se han adjuntado con hematomas del niño, pero sí pueden concluir “la angustia extrema del menor”.

Y, por eso, creen que el interés de este puede ser atendido a través del indulto. “De ahí su conveniencia, utilidad y provecho para la condenada, pero principalmente y sobre todo para los menores, especialmente el mayor de los hijos dada su situación”, indican los ocho miembros de la Sala de lo Penal.

En contraposición a estos, firma el presidente de la Sala, Manuel Marchena, y sus compañeros Julián Sánchez Melgar, Miguel Colmenero, Pablo Llarena, Carmen Lamela, Eduardo Porres, Ángel Hurtado y Leopoldo Puente, quienes recuerdan que ya en el recurso de casación rebajaron a la mitad la pena de Rivas y que, si no decidieron quitársela entonces no entienden qué ha cambiado para reducírsela ahora. “No comprendemos las razones por las que apartándonos de aquella decisión, deberíamos proponer ahora, solo unos meses después, la concesión de un indulto, aun cuando fuera parcial, para reducir la pena a una magnitud que nosotros mismos, de manera fundada, descartamos entonces”.

Creen que, efectivamente y como exponen los otros miembros del Tribunal, no pueden entrar ahora a valorar la existencia de los malos tratos, ni entrar en cuestiones que se están llevando en los tribunales italianos. “Si no hemos entrevistado a los menores ni tampoco a expertos imparciales que pudieran expresar su punto de vista, ¿cómo podremos saber cuál es el interés superior de los niños? ¿solo a partir de la documentación aportada por una de las partes en un expediente de indulto?”, dicen.

El informe de 19 páginas con fecha del pasado 1 de noviembre se enviará ahora al Consejo de Ministros que será quien tenga la última palabra.