Maternidad subrogada

Ciudadanos propone permitir la relación familiar en la gestación subrogada

El partido liderado por Albert Rivera registra una nueva proposición de ley en el Congreso de los Diputados para regular "el derecho"a la gestación subrogada en España

El líder de Ciudadanos, Albert Rivera 7 Foto: Efe
El líder de Ciudadanos, Albert Rivera 7 Foto: Efelarazon

El partido liderado por Albert Rivera registra una nueva proposición de ley en el Congreso de los Diputados para regular "el derecho"a la gestación subrogada en España

Ciudadanos ha registrado este miércoles una nueva proposición de ley en el Congreso de los Diputados para regular "el derecho"a la gestación subrogada en España en la que se contempla que la mujer gestante pueda tener relación de consanguineidad con los futuros padres.

El partido liderado por Albert Rivera, el único que se ha mostrado abiertamente favorable a esta práctica, ya presentó una proposición de ley sobre gestación subrogada en la pasada legislatura y ha vuelto a promover esta iniciativa "con algunos cambios y mejoras técnicas para dotar de mayor seguridad a la ley".

Así lo ha explicado la diputada de Cs Patricia Reyes, quien ha explicado que esta medida regula un modelo de gestación subrogada "altruista y garantista"en el que la mujer gestante tome la decisión de prestar su cuerpo para el embarazo "con total y absoluta libertad".

El objetivo de la ley, ha defendido, es "ayudar a esas personas que quieren cumplir su sueño de ser padres o madres"pero no pueden serlo por motivos médicos, por ejemplo, mujeres que han sido tratadas de cáncer o parejas de hombres homosexuales.

Reyes ha sostenido que es necesario regular la gestación subrogada en España para evitar problemas que surgen del hecho de que ciudadanos españoles viajen a terceros países para acceder a esta práctica, previo pago de las gestiones exigidas por agencias intermediarias.

En la actualidad, la gestación subrogada no está permitida en España, pero algunos españoles recurren a terceros países para encargar y recoger a sus hijos gestados por una mujer extranjera.

La legislación española establece la nulidad de los contratos de vientres de alquiler, pero no sanciona la práctica, por lo que resulta insuficiente para evitar que los ciudadanos españoles con recursos económicos viajen al extranjero y recurran a este proceso.

"Creemos que la única solución es regular, abrir este debate", ha dicho la diputada de Cs, quien espera que los partidos contrarios a la gestación subrogada debatan "con seriedad, rigor y serenidad"y no se instalen en los "prejuicios", que son "una barrera para el progreso".

En la nueva proposición de ley registrada por Ciudadanos se incluye como novedad la relación de consanguineidad entre la mujer gestante y los futuros padres, "salvo que haya informes psicológicos previos preceptivos que lo desaconsejen".

En el texto se especifica que la mujer gestante -que no aporta material genético propio- "dona su capacidad de gestar"de manera altruista a terceros, si bien percibirá una "compensación resarcitoria".

Estos son los principales cambios que recoge la proposición de Ciudadanos:

-Se cambia la denominación a “gestación por sustitución” para coordinarlo con la denominación de la LTRHA.

-Se unifica la denominación en todo el texto a “mujer gestante”.

-Se modifica el apartado 3 del artículo 4 que impedía vínculo de consanguinidad entre padres subrogantes y mujer gestante. Pasa a tener la siguiente redacción: “Salvo que del resultado de los exámenes previsto en los

apartados 3 y 4 de la presente Ley se determine lo contrario, no existirá ex ante impedimento

para la existencia de vinculo de consanguineidad entre la mujer gestante y los progenitores

subrogantes”.

-Se añade el siguiente inciso en el apartado 2 del artículo 6: “En consecuencia, la mujer gestante podrá interrumpir el proceso, dentro de los supuestos

reconocidos por la legislación general, en pleno ejercicio de su autonomía y sin consecuencia negativa alguna para ella”. Materialmente no modifica nada de la Ley, puesto que no existía ninguna consecuencia negativa para la gestante por la interrupción del proceso. Pero de esta forma se deja claro.

-Se recoge expresamente que el requisito de aptitud de los padres subrogantes del artículo 8.2.d) y 8.4 sea mediante “certificado de idoneidad”. Aunque el requisito de aptitud ya existía ahora recibe el nombre de certificado de idoneidad como en las adopciones.

-Se añade un apartado 7 al artículo 9 que regula los contratos: “La mujer gestante deberá recibir asesoría legal que garantice la compresión de todo el

proceso y sus implicaciones. Esta asesoría será independiente de la de el o los padres subrogantes”.

Desde la asociación Son Nuestros Hijos celebran que el nuevo texto presentado recoja sus recomendaciones que se resumen en "un refuerzo de las garantías para las mujeres gestantes -dejando clara su facultad de interrupción del proceso sin consecuencias negativas garantizando asesoramiento jurídico independiente del de los padres de intención-, así como la posibilidad de gestación subrogada entre parientes".