Patrimonio

La Guardia Civil invesiga a dos personas por expoliar un yacimiento de la Edad de Bronce

Se servían de un detector de metales, una pala y un azadón

Utensilios utilizados por los saqueadores
Utensilios utilizados por los saqueadoresGuardia Civil

Agentes del Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA), pertenecientes a la comandancia de la Guardia Civil de Albacete han investigado a dos vecinos, de 29 y 32 años, como presuntos autores de un delito contra el patrimonio histórico.

Fueron sorprendidas por la Benemérita cuando expoliaban restos de un yacimiento arqueológico adscrito a la Edad del Bronce e Ibérica ubicado en una zona de la comarca de la Sierra del Segura.

Al ser preguntadas por los motivos de encontrarse en dicho lugar, y ante las discrepancias manifestadas, se realizó una inspección visual del lugar; se observaron al menos tres excavaciones recientes con restos óseos y cerámicos. A estas dos personas, que resultaron investigadas por un delito contra el patrimonio histórico, les fueron intervenidos un detector de metales, una pequeña pala y un azadón, además de los restos óseos y cerámica extraídos del terreno, que fueron entregados en el Museo de Albacete.

El delito de expolio a yacimientos arqueológicos está tipificado en el artículo 323 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, dentro de los delitos sobre el patrimonio histórico, castigado con la pena de prisión de 6 meses a 3 años o multa de 12 a 24 meses, pudiendo imponerse la pena superior en grado si se hubieran causado daños de especial gravedad o que hubieran afectado a bienes cuyo valor histórico, artístico, científico, cultural o monumental fuera especialmente relevante.

Hay que recordar --subraya la Guardia Civil-- que, para realizar actividades arqueológicas y emplear en ellas aparatos detectores de metales, es imprescindible autorización previa y expresa de la Consejería competente en materia de cultura, por lo que antes de utilizarlos debe de informarse de si el paraje es una zona arqueológica, yacimiento u otro lugar catalogado o se encuentra próximo a ellos. Ante un hallazgo casual de un bien arqueológico se está obligado a paralizar su actuación y comunicarlo inmediatamente a la Dirección General competente en materia de Patrimonio y Bienes Culturales.