Sociedad

¿Te pueden multar en el parking de un centro comercial? Esto dice la ley

A primera vista, estos espacios, pueden parecer zonas “sin ley”, donde la policía no interviene

¿Te pueden multar en el parking de un centro comercial? Esto dice la ley
¿Te pueden multar en el parking de un centro comercial? Esto dice la leyistock

A veces, las prisas nos juegan una mala pasada. Ese momento en el que decides dejar el coche rápido en un sitio donde sabes perfectamente que no está permitido, pero te dices “solo será un minuto”. Y, al volver, te encuentras con la desagradable sorpresa: una multa. En esos casos, la jugada ha salido mal. Sin embargo, hay lugares donde la libertad para aparcar parece mayor, como el garaje de casa, donde el peor inconveniente puede ser la queja de algún vecino. Pero, ¿qué ocurre en los aparcamientos de los centros comerciales o supermercados? A primera vista, pueden parecer zonas “sin ley”, donde la policía no interviene. No obstante, la realidad es diferente.

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Multas en los parkings de uso público

Aunque los aparcamientos de los centros comerciales o supermercados son espacios privados, se consideran de uso público, ya que cualquier persona puede acceder a ellos. Por este motivo, las normas de circulación también se aplican dentro de estos recintos, y las autoridades pueden sancionar las infracciones igual que si se cometieran en la vía pública.

Las conductas más habituales que pueden acarrear multa son aparcar en plazas reservadas para personas con discapacidad o circular en sentido contrario para intentar conseguir un hueco libre. La primera es la infracción más común, y en muchos casos es el propio centro comercial el que avisa a la grúa si el vehículo no cuenta con el distintivo correspondiente. En cuanto a circular en dirección prohibida, rara vez se sanciona, salvo que la maniobra provoque un accidente, en cuyo caso el conductor será el responsable.

Un caso real con sanción

Aunque pueda parecer improbable recibir una multa en un parking privado, hay precedentes que demuestran lo contrario. En 2020, un conductor estacionó su vehículo en una plaza para personas con movilidad reducida dentro de un centro comercial, impidiendo que quien tenía derecho a usarla pudiera hacerlo. La persona afectada denunció los hechos, y el infractor fue sancionado con 200 euros, una multa que posteriormente ratificó un juzgado de Vigo tras el recurso del conductor, que alegaba que el aparcamiento no pertenecía a la vía pública.

Qué dice la ley

Según Legálitas, la Ley de Seguridad Vial establece que esta norma se aplica en "todo el territorio nacional y obligará a los titulares y usuarios de las vías y terrenos públicos aptos para la circulación, tanto urbanos como interurbanos, a los de las vías y terrenos que, sin tener tal aptitud sean de uso común y, en defecto de otras normas, a los titulares de las vías y terrenos privados que sean utilizados por una colectividad indeterminada de usuarios".

Esto significa que, aunque los aparcamientos de centros comerciales o supermercados sean de propiedad privada, su uso abierto al público los convierte en espacios sujetos a la legislación vial. Por lo tanto, los conductores deben respetar las señales y las normas igual que en cualquier otra vía.

Cuándo no pueden sancionarte

La excepción se da en los garajes de uso exclusivamente privado, como los de una comunidad de vecinos, donde solo acceden los propietarios de las plazas. En esos casos, no pueden imponerse multas de tráfico, aunque sí puede haber conflictos legales.

Por ejemplo, si un vecino aparca repetidamente en una plaza que no le corresponde, el afectado puede presentar una denuncia, pero no se trata de una infracción de tráfico, sino de un conflicto entre particulares.

En definitiva, aunque muchos conductores crean que los parkings de centros comerciales son una especie de “tierra sin ley”, la normativa demuestra que las reglas de circulación también se aplican dentro de ellos. Por eso, incluso en estos espacios, conviene respetar la señalización y aparcar con responsabilidad.