
Comunidades
Qué pasa si en tu comunidad de vecinos la subcontrata del conserje le adeuda nóminas: el Supremo lo aclara
Una sentencia crucial establece el alcance de la responsabilidad solidaria en servicios subcontratados

Una reciente resolución del Tribunal Supremo marca un hito significativo para las comunidades de vecinos en España. La sentencia, derivada de un recurso de casación, clarifica la responsabilidad de las comunidades respecto a las deudas laborales de empresas subcontratadas para servicios como conserjería, estableciendo que la comunidad de propietarios se considera la "empresa principal" de manera que el máximo órgano judicial concluyó que, cuando la comunidad participa en la prestación de servicios, debe asumir las responsabilidades laborales generadas.
El conflicto jurídico se originó por la necesidad de determinar el alcance de la responsabilidad de una comunidad de vecinos ante las deudas laborales de una empresa de conserjería y se resolvió conforme al artículo 42 del Estatuto de los Trabajadores, que establece que, cuando una comunidad de propietarios subcontrata servicios que son parte de su actividad habitual, adquiere responsabilidad solidaria sobre las deudas laborales de la empresa contratista. Esta interpretación significa que si una empresa de conserjería incumple sus obligaciones salariales, la comunidad puede ser legalmente responsable de dichas deudas.
El Tribunal enfatiza que la gestión de conserjería constituye una función esencial de las comunidades, lo que refuerza la protección de los derechos de los trabajadores subcontratados. La decisión compele a las comunidades a ser más rigurosas en la selección de empresas de servicios, garantizando el cumplimiento de sus obligaciones laborales.
Consecuencias para las comunidades de propietarios
La sentencia supone un punto de inflexión en la administración de las comunidades, implicando una mayor responsabilidad en sus procesos de toma de decisiones. Los propietarios deberán verificar meticulosamente la solvencia y el cumplimiento normativo de las empresas contratadas, no solo para prevenir problemas legales, sino también para salvaguardar los derechos de los trabajadores.
Como consecuencia del fallo, las comunidades de propietarios no solo deben administrar correctamente sus finanzas, sino también promover un entorno laboral justo para los trabajadores que prestan servicios en sus instalaciones. Además, el Tribunal advierte sobre la importancia de que todos los propietarios comprendan estas responsabilidades, ya que cualquier deuda no satisfecha puede impactar directamente en los gastos generales y en la convivencia comunitaria.
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