Tribunales

El Cuco, condenado a dos años de cárcel por mentir en el juicio del asesinato de Marta del Castillo

La jueza impone al encubridor de Carcaño y a su madre la pena máxima que solicitaban los padres de la joven, a quienes deberán indemnizar con 30.000 euros por el “dolor innegable y manifiesto” que les causaron

Francisco Javier García Marín, el Cuco, a su llegada al juicio, celebrado a finales de mayo
Francisco Javier García Marín, el Cuco, a su llegada al juicio, celebrado a finales de mayoKiko Hurtado

Francisco Javier García Marín, conocido como el Cuco, y su madre han sido condenados a dos años de cárcel por mentir durante el juicio por el asesinato de Marta del Castillo. El amigo del asesino, Miguel Carcaño, y su progenitora, Rosalía García Marín, cometieron un delito de falso testimonio al no decir la verdad sobre lo que hicieron en la noche del 24 de enero de 2009. El Cuco aseguró que no había estado en el piso de la calle León XIII donde la joven fue asesinada y su madre le dio una falsa coartada afirmando que a primera hora de la madrugada ya estaba durmiendo en casa.

Los dos condenados han recibido este jueves la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 7 de Sevilla, al que han llegado pasadas las 11 de la mañana entre insultos y gritos de “Todos somos Marta” mientras bajaban al garaje del edificio judicial. Y después de que el fallo les fuese notificado han tardado más de una hora en volver a salir.

Durante el juicio, la Fiscalía solicitó ocho meses de cárcel para cada uno, mientras que la familia de Marta reclamó dos años. Las defensas, en caso de sentencia condenatoria, pidieron una pena de un mes y medio de prisión y multas de 132 euros por la aplicación de la atenuante de dilaciones indebidas. La jueza desestima esta solicitud porque “ninguna de las defensas ha expresado desde cuándo el procedimiento ha estado paralizado” y porque “ninguna paralización ha existido”.

La jueza impone así la pena máxima, la pedida por Eva Casanueva y Antonio del Castillo, y lo justifica en el “dolor innegable y manifiesto” que esas mentiras les causaron. El Cuco y su madre, además, deberán indemnizarlos con 30.000 euros, 15.000 por progenitor. Y también deberán abonar una multa de 1.440 euros.

La magistrada explica que la cuantificación de la indemnización “responde a criterios discrecionales del juzgador” e indica que en este caso “es indudable el daño que se vuelve a hacer a los padres de la desgraciadamente fallecida Marta del Castillo”, de ahí que valore “la naturaleza de los hechos sobre los que se ha faltado a la verdad y el dolor innegable y manifiesto de los padres”.

Durante el juicio, celebrado a finales de mayo, el Cuco y su madre reconocieron que mintieron al tribunal que juzgó el asesinato de Marta del Castillo. Trece años después del suceso y once años después de aquel juicio, el amigo de Miguel Carcaño, autor confeso de la muerte de la joven sevillana, aceptó el relato de la Fiscalía, que lo acusaba de no decir la verdad de lo que hizo el día del crimen, el 24 de enero de 2009. En 2011, después de ser ya condenado por un juzgado de menores, aseguró que no había estado en el piso de León XIII donde se cometió el asesinato y que la madrugada de esa jornada estaba durmiendo en su casa. En el juicio por falso testimonio, sin embargo, rectificó. Su madre, también.

El delito de falso testimonio conlleva una pena de prisión de seis meses a dos años y multa de tres a seis meses. La jueza opta por la máxima condena posible “teniendo en cuenta la naturaleza de los hechos y el perjuicio que ha podido causar a la Administración de justicia”.

En la sentencia, facilitada por la oficina de prensa del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la magistrada considera probado que el Cuco y su madre declararon como testigos el 25 de octubre y el 16 de noviembre de 2011, respectivamente, en el juicio celebrado en la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla por el asesinato. También considera probado que “ambos con carácter previo” se pusieron de acuerdo entre ellos y con la pareja de la acusada, ya fallecida, para ofrecer “una declaración concordante y coherente a fin de dar cobertura a la actuación” de Francisco Javier durante la noche y la madrugada del 24 de enero de 2009, todo ello “a sabiendas de que faltaban a la verdad y sin importarles los perjuicios que ello podía irrogar para la familia de la fallecida”.

El Cuco dijo al tribunal que durante esa tarde-noche no había estado en el domicilio donde ocurrieron los hechos, sino con varios amigos, “en franjas horarias distintas a las reales”, y se volvió a su domicilio sobre las 23.30 horas, donde se encontró con la pareja de su madre, que había salido a tirar la basura.

La juez replica que “la verdad era muy diferente conforme ha quedado acreditado” en las sentencias ya firmes dictadas por la Sección Séptima y por el Juzgado de Menores número 3, que condenó al entonces menor de edad por un delito de encubrimiento a la medida de internamiento en régimen cerrado por tiempo de tres años. Esta última sentencia fue confirmada por la Sección Tercera de la Audiencia el 20 de octubre de 2011, pocos días antes de su declaración, “ya como mayor de edad”, en el juicio del asesinato.

La madre, por su parte, manifestó al tribunal, “sabiendo que no era verdad”, que salió con su pareja a tomar unas copas sobre las 23.30 horas y regresó a su casa sobre la 1.30 o las 2.00 de la madrugada”. También señaló que su hijo ya estaba dormido, “cuando la realidad era que estuvieron en el citado establecimiento hasta las 4.30 horas y no encontraron a su hijo en casa cuando llegaron”.

Tras la exposición de hechos probados, la jueza explica por qué rechazó la petición de nulidad del juicio por violación del principio de tutela judicial efectiva y principio de legalidad. El abogado del Cuco alegó que la ratificación de la sentencia de menores dictada por la Sección Tercera no le fue notificada personalmente a su cliente antes de su declaración en el juicio de la Sección Séptima. El letrado de Rosalía argumentó que en ningún momento se le dispensó de declarar en ese mismo juicio a pesar de que tenía derecho a no comparecer por ser familia del Cuco.

En relación a la falta de notificación al acusado, la magistrada responde que sí “se notifica a la representación procesal del mismo, lo que es perfectamente válido”. En cuanto a la acusada, la sentencia asegura que esa dispensa “no existe para ella, pues va a declarar como testigo en un juicio donde no es acusado su hijo”.

En cuanto al delito de falso testimonio, la jueza recuerda el reconocimiento de hechos por parte de los acusados durante el juicio y que por tanto “se ha faltado a la verdad”, por lo que no entra a valorar “si puede o no declarar una persona como acusado y como testigo por una misma causa”, algo que también señaló la defensa del Cuco. “Fueron ambos advertidos del delito de falso testimonio en el que podían incurrir en caso de no decir la verdad, por lo que queda patente que ambos cometen dicho delito”, apostilla la sentencia.

“Faltar a la verdad en la declaración que se presta como testigo en un procedimiento judicial es delito en la medida que el testimonio es uno de los medios de prueba sobre los que se pueda basar la convicción del juzgador a la hora de dictar una resolución judicial definitiva, de tal manera que es posible que un testimonio falso, si induce a error al juez o tribunal ante el que se presta y es valorado como verdadero, provoque una resolución injusta, esto es, un pronunciamiento en que no se realice el valor superior de la justicia y se lesione un interés que debe ser protegido por el poder judicial”, reflexiona la jueza.

“Esta es la razón fundamental por la que, en una sociedad democrática, el falso testimonio es tipificado como delito en la Ley penal, como así lo ha manifestado el Tribunal Supremo”, concluye la magistrada, cuya sentencia no es firme y admite recurso de apelación en un plazo de diez días.

La doble confesión de los acusados desinfló un juicio que la familia de Marta contemplaba como una nueva oportunidad de resolver su pregunta más trascendental: dónde está su hija. De hecho, la vista oral se quedó con una sola prueba adicional, la declaración de Eva Casanueva y Antonio del Castillo, los padres de la víctima, pero perdió la comparecencia más crucial: la del asesino. Miguel Carcaño, que cumple una pena de veintiún años y tres meses en la cárcel manchega de Herrera de la Mancha, viajó hasta Sevilla pero en balde porque su testimonio fue excluido por la magistrada. Olga Cecilia Simón, la jueza, lo dejó muy claro: “Este juicio es por el falso testimonio, y punto. Sólo voy a admitir la testifical de los padres por el daño moral”.

El juicio se celebró tras el intento de las defensas de anular el procedimiento. Tanto Agustín Martínez, letrado del ya hombre de 29 años, como Rafael Ramírez, representante de su progenitora, consideraron que el “nudo gordiano” del proceso radicaba en que el Cuco no tendría ni siquiera que haber declarado como testigo en el juicio del asesinato. En ese caso, no habría tenido la obligación de decir la verdad y, por tanto, no habría mentido.

La abogada de los padres de Marta denunció que el Cuco “se burló de la Justicia y convirtió el acto en un escarnio” no sólo para sus clientes. “Se rio de toda la sociedad”, espetó Inmaculada Torres. “No podemos pretender que el testigo del testigo del testigo también pueda mentir. Aquí se sobrevalora la mentira y se posterga la verdad”, lamentó.

Tras rechazar las cuestiones previas de las defensas, la jueza sí tuvo un comentario para el crimen de Marta: “El origen de este juicio es la desgraciada muerte de una menor. Toda España se vistió de luto, sí, pero este juicio es por falso testimonio, y punto. Es inevitable que no se puedan separar los hechos, pero yo quiero centrarme en el falso testimonio”, dijo.