Tribunales

El TSJA confirma 14 años de cárcel por robo en el piso de un anciano y la violación de su asistenta en Sevilla

Accedieron al interior de la vivienda “provistos de capuchas y pasamontañas” e “inmovilizaron a la cuidadora”

La sede del TSJA en Granada capital
La sede del TSJA en Granada capitalEUROPA PRESSEUROPA PRESS

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la sentencia que condena a Miguel V.R. a 14 años de prisión por sendos delitos de robo en el piso de un anciano en Sevilla capital y de agresión sexual cometido sobre la asistenta del titular de la vivienda, desestimando así el recurso de apelación del encausado, que esgrimía como “único motivo de impugnación error en la apreciación de la prueba con vulneración de la presunción de inocencia”, según informan fuentes del TSJA.

La Audiencia de Sevilla dictó sentencia contra el entonces acusado en relación a unos hechos en la madrugada del 5 de octubre de 2016 en el piso de un empresario local al que entraron para robar “conocedores de su situación económica”, así como que “por edad y enfermedad se encontraba desvalido en cama y con ayuda de una asistente”.

Tanto Miguel V. R. como otro individuo que le acompañaba accedieron al interior de la vivienda “provistos de capuchas y pasamontañas” e “inmovilizaron a la cuidadora, que salió al pasillo alertada por el ruido”. Los asaltantes “la inmovilizaron, maniataron y taparon los ojos y procedieron a penetrarla vaginalmente, turnándose en la agresión”, al tiempo que “amenazaron con matarla si contaba lo que estaba pasando”.

Los autores se dirigieron al dormitorio del propietario del piso, que se hallaba durmiendo en su cama conectado a una bombona de oxígeno, “y le exigieron violentamente, exhibiendo un cuchillo de grandes dimensiones, que les diera lo que tuviese de valor en la casa”. En este sentido, se apoderaron, según consta en la sentencia, de un iPhone, un reloj Cartier de oro y 1.000 euros en efectivo, así como 210 euros y un teléfono móvil de la asistenta.

En el auto del TSJA, recogido por Europa Press, se destaca que si bien la supuesta víctima de la violación “no pudo identificar a los agresores, a los que no vio la cara, a la fuerza hubieron de ser los autores del robo, pues fueron estos los que, en el transcurso del acto, cometieron las dos violaciones”. Añade el Alto Tribunal que su función “no consiste en revaluar la prueba sino en revisar críticamente la valoración” realizada por el órgano de instancia.

Dice el TSJA que “no existe un fundamento objetivo para apartarse de la convicción racional a la que llegó el tribunal sobre la culpabilidad del apelante como autor del robo, por lo que esta vertiente de su recurso debe ser desestimada y confirmada la condena del apelante por ese delito”.

Añade el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que aunque la narración de la víctima “carece de corroboraciones objetivas indubitables, que ella posibilitó al demorar su denuncia y negarse a ser examinada por el médico forense, no deja de haber elementos que apoyan la credibilidad de su versión”. Así, en las grabaciones de la cámaras de seguridad, “se ve a la testigo en un estado psíquico y corporal verdaderamente lamentable, casi sin poder mantenerse en pie, tratando infructuosamente de cubrir su semidesnudez con una sábana, con el torso derrumbado sobre la cama”, y ello, serían “signos congruentes con una agresión sexual”.

Asimismo, el informe psicológico de la víctima “pone de relieve un intenso cuadro clínico ansioso-depresivo, con componentes de estrés, compatible con haber sufrido las agresiones sexuales”, así como las lesiones presentadas, “congruentes, por su naturaleza y localización, con la versión de la denunciante de que se produjeron cuando los asaltantes la arrojaron al suelo, donde la violaron sucesiva y separadamente”.

De este modo, el Alto Tribunal confirma la condena a Miguel V.R a una pena de cuatro años y seis meses de prisión por delito de robo, y de nueve años y seis meses de cárcel por un delito de violación, unido a una pena de dos meses de multa, con cuota diaria de seis euros, por un delito de lesiones leves.