
La polémica
El Gobierno concede al País Vasco lo que niega a Andalucía: modificar el decreto de Universidades
La Junta tacha esta norma de “arbitraria, parcial e injusta” porque supone una intromisión en las competencias de las comunidades

El consejero de Universidad, Investigación e Innovación, José Carlos Gómez Villamandos, ha criticado este viernes en comisión parlamentaria “la discriminación que sufre Andalucía frente a la deriva independentista de Pedro Sánchez”, después de que el Gobierno se haya abierto a modificar el Real Decreto que endurece los criterios de creación de universidades tras afearle el País Vasco que invade competencias, pese al rechazo en este sentido expresado también por comunidades gobernadas por el PP, entre ellas Andalucía, que ha presentado dos alegaciones al proyecto. Según ha lamentado, se trata de un decreto “arbitrario, parcial y profundamente injusto”, que supone una intromisión en las competencias autonómicas y vulnera los principios de lealtad jurídica y de lealtad institucional.
“Después de hacer un decreto hace cuatro años y una ley hace dos, ahora el Gobierno vuelve a elaborar un decreto que es una cortina de humo y que podría rozar la inconstitucionalidad”, ya que el mismo establece requisitos para la creación y reconocimiento de campus que “van más allá de las bases estatales permitidas por la Constitución”, ha asegurado durante su intervención en el Parlamento el titular de Universidad. En este sentido, ha añadido que esta injerencia se materializa también en las exigencias de informes vinculantes de órganos estatales para la creación de universidades online, “incluso sin estas son promovidas por comunidades”.
Al respecto, ha explicado que el Real Decreto atribuye a los informes de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) la condición de preceptivos y vinculantes, “anulando así la capacidad de decisión de las regiones, incluso si estas cuentan con sus propios organismos de calidad”, lo que “es, a todas luces, una intromisión en las competencias de las comunidades autónomas, que son competentes en materia de creación de universidades públicas y privadas”, ha lamentado Gómez Villamandos.
Además, el consejero ha criticado que el Gobierno presenta un decreto que “carga de nuevo con el argumento manido de la privatización de las universidades, se presenta como el garante en el control y la calidad universitaria y, sin embargo, exime de las exigencias de personal docente a las universidades privadas con regímenes de precios públicos”. Asimismo, ha lamentado que introduce nuevos requisitos como el número mínimo de estudiantes o el porcentaje de captación de fondos aplicables a proyectos ya iniciados, pero no fija un régimen transitorio adecuado para quienes ya había adquirido derechos en este aspecto.
Por último, Gómez Villamandos ha apuntado que este decreto manipula el principio de seguridad jurídica al aplicar una retroactividad encubierta mediante la disposición transitoria quinta, que, tal y como ha apuntado el consejero, “podría anular iniciativas universitarias que ya contaban con informes favorables, pero no habían iniciado el trámite de audiencia. Por tanto, “esperamos que surtan efectos las alegaciones presentadas y, sobre todo, cunda la razón”, ha concluido.
Alegaciones presentadas
La Consejería de Universidad ha presentado dos alegaciones al proyecto de decreto, refiriéndose el primero al concepto de universidad con especiales características. Esa denominación, recogida en la Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU), se asocia a las universidades estatales con actuación académica en todo el territorio nacional, como la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) o la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP). Sin embargo, la modificación del decreto cambia su sentido y lo redefine, incorporando además del alcance territorial la alusión al modelo docente, exigiendo así que las titulaciones oficiales de grado, máster y doctorado tengan más del 80% de su actividad en forma virtual o híbrido.
En segundo término, la Junta considera “contradictorio” que en el proyecto se exima a las universidades privadas que se rigen por el sistema de precios públicos en sus títulos oficiales de aplicárseles las exigencias que se establecen para las universidades con especiales características. La alegación refleja que “si el motivo que justifica que el Estado se encargue de supervisar a los campus con especiales características responde al hecho de extender su formación académica en más de un territorio y con una modalidad docente determinada, no es posible que renuncie a esta función por el simple hecho de que dicha universidad con especiales características se rija por precios públicos”.
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