Salud
Condenan al Servicio Canario de Salud a indemnizar con 146.000 euros a un matrimonio por la muerte de su hija durante el parto
Los hechos se remontan al 23 de noviembre, cuando la mujer, de 49 años y con un primer embarazo logrado mediante técnicas de reproducción asistida, fue ingresada para un parto programado al superar las 40 semanas de gestación
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 4 de Las Palmas de Gran Canaria ha condenado al Servicio Canario de Salud (SCS) a indemnizar con 146.181 euros a un matrimonio por la muerte de su hija durante el parto, como consecuencia de una actuación médica negligente en el Hospital Universitario Nuestra Señora de La Candelaria, en Tenerife.
La sentencia, difundida este miércoles por la Asociación Defensor del Paciente, y que contó con la representación legal del abogado José Antonio Betes, estima el recurso presentado por los progenitores tras la desestimación inicial de su reclamación por parte de la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias.
Los hechos se remontan al 23 de noviembre, cuando la mujer, de 49 años y con un primer embarazo logrado mediante técnicas de reproducción asistida, fue ingresada para un parto programado al superar las 40 semanas de gestación.
Según el fallo judicial, el personal sanitario del centro hospitalario incurrió en una "infracción de la lex artis", es decir, de los estándares médicos aceptados, al incumplir su deber de información a la paciente y no ofrecer a tiempo la opción de realizar una cesárea. El juzgado ha determinado que los signos de sufrimiento fetal comenzaron a detectarse alrededor de las 04:00 horas, con taquicardias y alteraciones en el ritmo cardíaco del feto. No obstante, no se realizó la prueba del pH fetal hasta las 12:00 horas, ni se consideró la cesárea como alternativa viable hasta que ya era demasiado tarde.
La sentencia señala que, dadas las condiciones de riesgo -una gestación in vitro, la edad de la madre y una inducción al parto que se prolongó más de 16 horas-, lo adecuado hubiera sido optar por una cesárea desde el ingreso o al menos en las primeras horas del proceso, y no una vez que la situación era irreversible.
"Consideramos, en definitiva, que hubo infracción de la lex artis por parte del personal sanitario del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria en el manejo del parto, al no valorar debidamente, con las pruebas de seguimiento fetal precisas, la realización de una cesárea de urgencia con anterioridad, lo que provocó consecuencias fatales para el recién nacido", concluye el fallo.