Tribunales

Un joven queda absuelto de agresión sexual a una menor en Gran Canaria al aparentar ella ser más mayor

Los dos se conocieron en la app de citas Badoo, donde la menor indicó que tenía 18 años al ser la edad mínima para poder registrarse

Asociaciones de la Guardia Civil rechazan el traspaso de puertos y aeropuertos a Cataluña: "Es un intercambio político"
La Guardia Civil Europa Press

Un joven de 20 años acusado de agredir sexualmente a una menor, de 13 años de edad, en las proximidades del centro de salud de la localidad de Carrizal (Gran Canaria) ha sido absuelto por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas.

Para establecer dicha sentencia, se han tenido en cuenta diversas declaraciones: del implicado, de familiares de la supuesta víctima, además de aquellas emitidas por los agentes de la Guardia Civil que se encontraban en el lugar del suceso. Todos, incluidos estos últimos, coincidieron en que la menor aparentaba físicamente tener 16 años, siendo esta la edad que la joven le aseguró tener al acusado previamente a que iniciaran las relaciones sexuales.

Lo cierto es que al concluir el juicio a finales de noviembre, la Fiscalía calificó los hechos como un delito de agresión sexual contra una menor de 16 años (siendo esta la edad mínima para el consentimiento) y pidió una condena de tres años de prisión, junto con medidas adicionales como una orden de alejamiento de la víctima y la participación del acusado en programas de educación sexual. Por su parte, la defensa, a cargo del abogado Rafael Tarajano Rodríguez, solicitó la absolución del acusado.

Los hechos

Nos remontamos al día 12 de agosto de 2021, cuando una patrulla de la Guardia Civil les pidió la documentación al observar que ambos se alejaban deprisa y el chico se subía la bragueta del pantalón dentro de un coche. Tal y como indica la resolución judicial, José M. S. estaba bajo los túneles del barranco de Aromeros, en Carrizal, en compañía de una menor de 13 años el día de los hechos.

Así, de acuerdo con el propio fallo, se declara que el joven besó a la chica en repetidas ocasiones en los labios, creyendo que esta tenía 16 años y de mutuo acuerdo con ella, y le realizó tocamientos en las nalgas por encima de la ropa.

El tribunal concluye que estos hechos "no son punibles" debido a que se aplica el error invencible sobre un hecho que constituye una infracción penal, eximiendo de responsabilidad al acusado. Además, descarta que hubiera existido una agresión sexual por imprudencia, considerando las circunstancias específicas de este caso.

"Parecía físicamente de 16 años"

Igualmente, la sentencia recoge que la versión tanto del acusado como de los testigos que declararon en el juicio, incluida la propia menor, coincide en que ella parecía físicamente tener 16 años. Es más, la joven al igual que su madre afirmaron que era más madura de lo habitual para su edad y que un psicólogo al que consultó por problemas escolares les había comentado lo mismo.

Destaca también que el acusado conoció a la menor en la app Badoo en 2020, donde ella indicó que tenía 18 años, ya que esa era la edad mínima para registrarse. La chica relató que, poco antes de su primer encuentro en persona, mintió de nuevo acerca de su edad, asegurando que tenía 16 años.

Importantes han sido las declaraciones de los propios agentes que presenciaron la escena en el coche, las cuales son "más objetivas" para el tribunal, puesto que "no conocían al acusado ni a la menor". Según explicaron, la joven les dijo inicialmente que tenía 16 años y que no llevaba el DNI, pero, al pedirle una foto de su identificación, descubrieron que realmente tenía 13 años. Ante este hallazgo, los agentes afirmaron que "parecía tener más 16 años que los 13 que en realidad tenía".

Lo que dicta la sentencia

Con todo ello, y según las pruebas presentadas, la Audiencia Provincial sostiene que "no se puede deducir que el acusado pudiera sospechar que la menor tuviera menos de los 16 años que decía que tenía".

Rechaza también la argumentación del fiscal de que el acusado debía haber solicitado la documentación de la menor, ya que, según la Audiencia, no se ha demostrado que existiera tal sospecha ni que se haya mantenido deliberadamente en la ignorancia sobre la edad de la joven. Además, señala que el chico se mostró sorprendido al escuchar a los agentes de la Benemérita mencionar la edad real de la menor.

De este modo, el tribunal anula las medidas cautelares impuestas en relación con este caso. Si bien, la sentencia puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.