Tribunales
Condenan a cuatro años de cárcel a Vitorino Alonso por los daños al medio ambiente causados en la explotación del cielo abierto Nueva Julia (León)
También deberá hacer frente al pago de 24 millones de euros en concepto de responsabilidad civil
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de León condenó al empresario minero Victorino Alonso a una pena de cuatro años de cárcel por los daños causados al medio ambiente durante la explotación de la mina de carbón a cielo abierto Nueva Julia, situada entre las localidades de Cabrillanes y Villablino, en una zona protegida de más de 400 hectáreas. Además, la sentencia establece que Alonso deberá hacer frente al pago de 24 millones de euros en concepto de responsabilidad civil.
En ese sentido, la resolución declara al empresario culpable de un delito contra los recursos naturales y el medio ambiente. “Todo valía para la promotora con tal de extraer el carbón y obtener rendimientos económicos. El cumplimiento de obligaciones legales ni valía la pena, ni importaba nada”, aseveran los magistrados en una sentencia que ya ha sido notificada a las partes.
Según los jueces, la actividad minera en este cielo abierto incumplió “de forma flagrante” tanto la legislación aplicable como las condiciones impuestas en la declaración de impacto ambiental, lo que produjo un grave riesgo para el medioambiente y los recursos naturales y llegó a causar “graves daños” en hábitats de interés comunitario, así como “impactos muy significativos y muy importantes” sobre el agua, el suelo, la atmósfera, la fauna y la flora, muchos de ellos “permanentes y no recuperables”.
Al respecto, los magistrados explican que esta mina continúa entrañando en la actualidad “un riesgo moderado alto” respecto a la contaminación de aguas por la generación de drenajes ácidos, así como un riesgo alto para el medio natural por la emisión atmosférica de partículas contaminantes. Los jueces también apuntan al “riesgo muy grave” que supondría un escenario de rotura o fallo de las escombreras, con afecciones que irían de graves a muy graves sobre la estructura y la funcionalidad de hábitats de especies en peligro de extinción, como el urogallo cantábrico o el oso pardo.
En esa línea, el Tribunal recalca que durante el juicio quedó demostrado que estos daños y riesgos para los recursos naturales y el medio ambiente se hubieran evitado si se hubiese aplicado la normativa en el desarrollo de la actividad minera. “Lo único importante era extraer el mineral y no importaba la inexistencia de permiso de la Confederación Hidrográfica correspondiente ni de ninguna otra administración competente”, lamentan los magistrados.
Aunque la pena impuesta se vio rebajada al apreciar la Sala la atenuante de dilaciones indebidas en el procedimiento, la condena también tiene en cuenta varias circunstancias agravantes, como la clandestinidad de la actividad y la obstaculización a la actividad inspectora. Según los jueces, el coste de reparación de los daños de la zona afectada se estima en más de 24 millones de euros, lo que revela la gravedad de la afectación al medioambiente y a los recursos naturales.
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