Sucesos

Cinco años de cárcel por violar en Soria a una joven en estado de embriaguez

El acusado además deberá indemnizar a la víctima con 20.000 euros por daños morales y psicológicos

Traslado del acusado a la Audiencia Provincial de Soria
Traslado del acusado a la Audiencia Provincial de SoriaIcal

La Audiencia Provincial de Soria ha condenado a un hombre a cinco años de prisión por un delito de abuso sexual cometido cuando la víctima se hallaba privada de sentido por el efecto de la ingesta de alcohol. El Tribunal le ha impuesto también la medida de libertad vigilada, que se ejecutará con posterioridad a la pena privativa de libertad, con una duración de seis años, según la información facilitada este jueves por el gabinete de comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL).

El acusado además deberá indemnizar a la víctima en la cantidad de 20.000 euros por daños morales y psicológicos causados, así como en la cantidad de 480 euros por las lesiones físicas, cantidades que se verá incrementadas en el interés legal.

Asimismo, ha sido condenado al pago de las costas procesales causadas incluidas las causadas a la acusación particular y a su vez, la sentencia ha acordado mantener la medida cautelar de prisión provisional que fue decretada contra el acusado el 14 de noviembre de 2019.

Los hechos, por los que el procesado tendrá prohibido comunicarse con la víctima durante diez años, se produjeron el 10 de noviembre de 2019 cuando la mujer, según recoge la sentencia, tras una noche de fiesta, en la que ingirió grandes cantidades de alcohol, se dirigió junto con otras personas, a la casa del procesado, donde siguieron tomando bebidas alcohólicas.

Como consecuencia de la intensa ingesta alcohólica, la víctima quedó dormida en estado de inconsciencia, con sus facultades intelectivas y volitivas anuladas, lo que fue aprovechado por el procesado para conseguir su propósito, consciente de que no iba a encontrar oposición alguna por parte de ella, “guiado de un ánimo de satisfacer sus deseos sexuales”.

A causa de los hechos, la víctima sufrió psicopatología de tipo depresivo, ansioso y propio de una situación de estrés postraumático.Ha precisado tratamiento con ansiolíticos e igualmente tratamiento psicológico iniciado en fecha 13 de noviembre de 2019 en la Oficina de Atención a las Víctimas de Soria, con citas semanales y con una evolución favorable.

La sentencia destaca que el relato de víctima resulta verosímil y creíble y que no ofrece al Tribunal duda alguna sobre lo realmente sucedido, dado que cuenta con corroboraciones objetivas de carácter indubitado, como los resultados analíticos del Instituto de Toxicología.

La sentencia tiene en cuenta la concurrencia del fundamento de la agravante de género, junto con las circunstancias de la víctima, y las repercusiones psicológicas derivadas de estos hechos, a efectos de la individualización de la pena.

Argumenta que se trata de unos hechos que evidencian precisamente la cosificación de la mujer para satisfacer los deseos sexuales del acusado, cuando ella se encuentra privada de sentido, a quien trata como mero objeto de desahogo sexual. Frente a la sentencia dictada por la Audiencia Provincial cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.