Sucesos

Condenado por insultar en redes sociales a tres guardias civiles de Ciudad Rodrigo (Salamanca)

El Juzgado considera probado la existencia de un delito de intromisión al derecho al honor al subir a Facebook un mensaje “ofensivo” contra los agentes

Un agente de la Guardia Civil de espaldas y junto a un vehículo oficial del cuerpo
Un agente de la Guardia Civil de espaldas y junto a un vehículo oficial del cuerpoGUARDIA CIVILGUARDIA CIVIL

El Juzgado de Primera Instancia número uno de Ciudad Rodrigo (Salamanca) ha condenado a un hombre por insultar a tres guardias civiles destinados en la localidad mirobrigense a través de las redes sociales, por lo que le ha impuesto 6.000 euros en concepto de indemnización.

Según ha informado este sábado 7 de agosto la Asociación Española de Guardias Civiles (AEGC), el Juzgado ha considerado probado la existencia de un delito de intromisión al derecho al honor al subir a Facebook un mensaje “ofensivo” contra los tres agentes.

Los hechos se produjeron el pasado 21 de febrero del 2020 cuando el ahora condenado publicó un mensaje en su cuenta personal de Facebook contra los tres agentes, y, aunque no se les citaba de manera expresa, “sí se hacía referencia a ellos con datos que los vecinos del municipio conocían perfectamente”, ha indicado la AEGC.

En la sentencia, se considera que la demanda debe ser estimada al haber resultado “debidamente acreditado que las expresiones indicadas en la demanda son expresiones que atentan contra el derecho al honor y a la propia imagen”.

La resolución considera “evidente” el daño público y el descrédito cuando el demandante afirma en su red social que “uno de los agentes, al que además insulta llamándole bastardo, consume drogas”.

Respecto a los otros dos agentes, también se da un “mismo ánimo” de injurias y ve en el texto publicado en la red social un “ánimo difamatorio y ofensivo y por tanto de menoscabo del derecho al honor”.

Para el juez, la intención del acusado no era otra que menoscabar públicamente la reputación de los tres agentes a pesar de la utilización de motes o apodos para referirse a ellos, ya que para el magistrado está claro que el acusado sabía perfectamente que eran conocidos por ellos en la localidad.

Además, le condena a eliminar los comentarios “lesivos de su red social”, a la publicación del fallo y difundirla en su Facebook, así como al pago de las costas del juicio, informa Efe.

La Asociación Española de Guardias Civiles ha considerado “muy positiva” esta sentencia que “fija claramente que el derecho al honor del individuo no puede estar subyugado por el de la libertad de expresión”.