Sociedad
El Burgo de Osma (Soria) sube hasta los 500 euros las ayudas a la natalidad
El Ayuntamiento reserva hasta 12.000 euros del presupuesto de este año, pero se ampliarán si hay más demandantes
El Ayuntamiento de la localidad soriana de El Burgo de Osma-Ciudad de Osma aprobará mañana, lunes 24 de enero, en su Junta de Gobierno Local, una nueva convocatoria de ayudas a la natalidad. La cuantía de las ayudas de 2022 subirá hasta los 500 euros por niño, 200 más de los que estaban establecidos hasta la fecha.
El objetivo es apoyar a las familias en mitad de la alarmante tendencia de descenso de la tasa de natalidad que sufren los países desarrollados y muy especialmente España. Considerando que los nacimientos, y más si son escasos, son un valor en sí mismo y que la familia es el pilar en el que se asienta la sociedad, el Ayuntamiento ha decidido mantener y ampliar esta medida para la reactivación de la natalidad, que encuentra su fundamento en que la misma es un beneficio para todos.
En el pasado ejercicio de 2021, un total de 22 familias se beneficiaron de estas ayudas. Para la partida de 2022, se han reservado 12.000 euros del presupuesto pero, si hay más familias que cumplen los requisitos, se ampliará el dinero destinado a las mismas.
Pueden solicitar la subvención las madres y/o los padres que hayan tenido un hijo y los adoptantes de niños de hasta los 6 años de edad durante el año 2022. En el caso de fallecimiento de los padres, pasará a tener la condición de beneficiario la persona que asuma la patria potestad o tutela del recién nacido o adoptado.
Entre los requisitos para optar a esta convocatoria está que uno de los progenitores esté empadronado en el municipio durante los dos años anteriores al nacimiento o la adopción. El niño también debe estar empadronado en el municipio desde su nacimiento o desde que se resuelva su adopción.
Además, tanto uno el solicitante como el niño deben continuar empadronados en El Burgo de Osma-Ciudad de Osma durante los tres años posteriores; salvo en los casos en los que concurran circunstancias laborales o familiares, debidamente justificadas y acreditadas, que impidan esa continuidad del empadronamiento. Los beneficiarios deberán hallarse al corriente en las obligaciones tributarias con Hacienda, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de El Burgo de Osma – Ciudad de Osma.
Las solicitudes deberán presentarse durante los tres meses siguientes al nacimiento o adopción. En el supuesto de nacimientos correspondientes al 2022, pero anteriores a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de las bases, el plazo de solicitud de la subvención será de tres meses contados a partir del día siguiente a la publicación.
Se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o a través de la Sede Electrónica de la página web https://burgodeosma.sedelectronica.es/info.0; o por cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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