Fin restricciones covid
Ya se puede fumar en las terrazas de los bares de Castilla y León y en la vía pública sin distancia
La mejora de la situación epidemiológica hace que decaigan también medidas generales de higiene y prevención aunque se mantienen las de ámbito nacional como el uso de la mascarilla en transporte o en residencias y hospitales
La mejora de la situación epidemiológica en Castilla y León, donde la presión en las unidades de críticos ha disminuido considerablemente, con ocho pacientes en estos momentos en las unidades de críticos, el 63 por ciento de ellos por covid y, el resto, con covid detectado al ingresar por otras patologías, así como a la disponibilidad de vacunas, ha hecho que la Junta de Castilla y León haya decidido este jueves en el Consejo de Gobierno dejar sin efecto las prohibiciones existentes en materia preventiva y de control e la enfermedad.
Unas medidas que se aprobaron en el Acuerdo 100/2021, de 16 de septiembre del año pasado, que declaraba la situación de riesgo controlado por la pandemia de la COVID-19 en la Comunidad, y también en el 14/2020, de 26 de marzo, referido al interés público del desarrollo de un segundo trabajo sanitario y sociosanitario.
De esta forma, Castilla y León elimina las prohibiciones en lo referido al consumo de tabaco y productos relacionados en vía pública y espacios al aire libre. Pero, además, ya se permite fumar en las terrazas de los establecimientos de hostelería, como ha confirmado el propio portavoz de la Junta, Carlos Fernández Carriedo.
Otro debate, según el también consejero de Economía y Hacienda, es el de salud pública, en el que la Junta aboga por que se deje de fumar, aunque también deja claro que este análisis debe ser un planteamiento nacional y consensuado entre las autonomías.
De la misma forma, decaen también en la Comunidad medidas generales de higiene y prevención como por ejemplo la higienización de puestos de trabajo compartidos o la desinfección de ropa de trabajo, así como las de control de aforos, de entrada, salida, circulación y presencia de público espectador o asistente a establecimientos deportivos, las medidas específicas en centros educativos y las específicas referidas al transporte terrestre.
También queda sin efecto el Acuerdo 14/2020 de 26 de marzo. La modificación aprobada supone que vuelva a ser incompatible el desempeño de puestos y actividades entre los ámbitos sanitario y sociosanitario de los centros de carácter público.
Sin embargo, según apuntaba el también consejero de Economía y Hacienda, la entrada en vigor de este nuevo Acuerdo autonómico no supone cambios, en cuanto a lo que está regulado por la normativa estatal,en lo referido al uso obligatorio de la mascarilla en centros, servicios y establecimientos sanitarios.
Además, también permanece la obligación de usar la mascarilla en centros sociosanitarios tanto para trabajadores como visitantes, cuando estén en zonas compartidas, así como portar cubrebocas en el transporte público de viajeros, tal y como se establece para el conjunto nacional.
La misma continuidad se mantiene en otros ámbitos tales como medidas específicas aplicables a residencias de mayores y personas con discapacidad, para lo que se remite a la ‘Guía de actuaciones para residencias y centros públicos y privados de personas mayores y de personas con discapacidad durante la situación de crisis sanitaria por la COVID-19 en Castilla y León’.
También y en aplicación de lo acordado por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud para el todo el territorio nacional, continúa la organización de accesos, sectorialización y movimiento de asistentes, consumo de bebida y comida, así como de tabaco y productos relacionados que está prevista en eventos deportivos multitudinarios, según informan fuentes de la Junta.
En el ámbito asistencial sanitario, se mantienen vigentes las medidas organizativas de prevención e higiene necesarias tanto para los profesionales como para pacientes y las referidas a la adecuada gestión de residuos.
El nuevo Acuerdo autonómico mantiene la opción de proponer a la Junta de Castilla y León, a la vista de la evolución epidemiológica, la adopción de todas aquellas medidas adicionales o complementarias que se consideren necesarias.
Tampoco decae en la nueva norma las cuestiones sobre el seguimiento y control de las actuaciones vigentes en el marco del Plan Territorial de Protección Civil de Castilla y León y la necesaria cooperación y colaboración de Delegación de Gobierno y ayuntamientos a través de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y policías locales.
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