Vivienda

Dos jóvenes de 25 y 32 años, los primeros en beneficiarse del aval de la Junta para comprarse una casa

La operación se ha formalizado este martes a 30 años por 93.000 euros, equivalente al 95 por ciento del importe de la compra de este inmueble ubicado en Cabezón de Pisuerga (Valladolid)

Momento de la firma del préstamo hipotecario
Momento de la firma del préstamo hipotecarioIcalIcal

Una de las propuestas estrella del Gobierno que preside Fernández Mañueco en materia de vivienda es la línea de ayudas del programa "Mi primera vivienda" para la compra de un inmueble que consta de un aval por parte de la Junta de hasta un 17,5 por ciento para la suscripción del préstamo hipotecario por parte de jóvenes de la Comunidad.

Una iniciativa para la que el Ejecutivo autonómico ha reservado 40 millones de euros que se repartirán entre unos 1.200 jóvenesque han previsto, estimando un importe por vivienda de 200.000 euros, de forma que se cerrarían operaciones por 228 millones. De hecho, la Junta espera que este año hasta 1.000 jóvenes se acojan a esta posibilidad.

Una medida llamada a favorecer el acceso a una vivienda digna a los jóvenes con una garantía por parte de la Junta que puede llegar hasta en el 97,5 por ciento del valor de tasación o de la venta.

Pues ya se conocen los nombres de las dos primeras personas que se han beneficiado de este programa de ayudas. Se trata de dos jóvenes, María Victoria Perdigón Sastre de 25 años y Alberto Cuesta Gutiérrez de 32, quienes han decidido emanciparse y comprarse con el apoyo del aval de la Junta un inmueble en la localidad vallisoletana de Cabezón de Pisuerga, según ha adelantado Ical.

La operación alcanza los 98.000 euros, si bien la hipoteca firmada con Ibercaja, una de las entidades que participa en este programa junto a Caixabank, Banco Santander, Unicaja Banco, Cajaviva, Cajamar y las cajas rurales de Zamora, Soria y Salamanca, asciende a 93.000 euros, equivalente al 95 por ciento del importe de la compra, por lo que el aval de la Comunidad alcanza los 14.600 euros.

Esta operación se ha formalizado este martes a 30 años y los beneficiarios se acogieron a la bonificación del impuesto de Transmisiones Patrimoniales al cuatro por ciento, teniendo que aportar a la compra unos 12.000 euros de recursos propios aproximadamente.

La modalidad de hipoteca que han elegido, dentro de la gama de Ibercaja, fue la de ‘Hipoteca Joven Mixta 10’, con un periodo fijo inicial de diez años años al 2,5 por ciento y el resto variable. La cuota inicial durante diez años es de 389 euros al mes. Ambos tienen contrato fijo con antigüedad de cuatro años.

La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio ha recibido 4.000 llamadas para consultas telefónicas de interesados en este programa que arrancó el 23 de mayo con la firma del convenio entre la Junta y nueve entidades financieras. En concreto, el número de solicitudes de acreditación recibidas en este primer mes es de 179 solicitudes.

Condiciones

La Consejería mantendrá este programa hasta el 31 de diciembre de 2023, si bien es prorrogable por periodos de un año hasta un máximo de cuatro. Los beneficiarios son las personas físicas que vayan a adquirir su primera vivienda con la suscripción de préstamo con garantía hipotecaria y reúnan los requisitos exigidos, como tener 35 o menos años y que la adquisición sea igual o inferir a 240.000 euros (sin gastos ni tributos).

También se pide que se resida en la Comunidad, que la vivienda que se financia constituya el domicilio “habitual y permanente” de la unidad de convivencia y que sea la primera vivienda a la que se accede en propiedad. Además, se admiten viviendas libres y las protegidas de promoción privada, ya sean de nueva promoción o de segunda mano.

La Junta ha fijado como límite de ingresos cinco veces el IPREMS, con lo que la persona que vive sola no puede superar los 42.000 euros anuales; la pareja o la pareja con un hijo los 49.412; la pareja con dos hijos y las familias numerosas generales los 52.500 y las numerosas especiales, los 56.000 euros.

Tampoco se puede poseer otra vivienda en propiedad salvo ciertas excepciones -supuestos de separación o divorcio-.