Cataluña
El TC tumba el recurso de Josep Rull contra la condena del “procés”
De esta manera, da vía libre para que el exconseller independentista acuda a Europa
Al igual que con el exconseller Jordi Turull (JxCat), el el Tribunal Constitucional también ha tumbado el recurso de amparo presentado por el exconseller Josep Rull (JxCat) contra la sentencia del “procés” dictada por el Tribunal Supremo en octubre de 2019. Rull está condenado a 10 años y 6 meses de prisión e inhabilitación absoluta por un delito de sedición.
La sentencia, cuyo ponente es el magistrado Ricardo Enríquez, considera, entre otras cuestiones, que “no se ha lesionado el derecho del recurrente a la tutela judicial efectiva en relación con el principio de legalidad, porque la decisión del Tribunal Supremo está suficientemente motivada”, según explica el TC en un comunicado.
“En efecto, su condena vino justificada en que participó activamente poniendo las bases que propiciaron las condiciones de movilización ciudadana encaminada a la celebración de un referéndum judicialmente prohibido”, explica el TC en el comunicado, que también señala que Rull “impidió el normal funcionamiento del Estado” que actúa en defensa de la legalidad y participó tanto en la convocatoria de un referéndum ilegal como en su realización. “Todo ello después de haber sido previamente advertido de la ilegimitidad constitucional de tales iniciativas”, añade.
Como ya ocurriera con Turull, la sentencia cuenta con los votos particulares del magistrado Juan Antonio Xiol y de la magistrada María Luisa Balaguer. Ambos magistrados consideraron entonces que el Supremo impuso a Turull una pena “desproporcionada” y defendieron que la determinación de la pena por el delito de sedición tuvo que ser “más acorde con una interpretación abierta del principio de legalidad, en sintonía con la que está presente en el ámbito de la cultura jurídica común de los países de la Unión Europea, que encuentra su articulación óptima en la preservación del Estado de Derecho”.
Con este fallo, Rull, como Turull, podrá acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, donde el independentismo tiene puestas todas las esperanzas para poder vencer a España.
Sedición
Pese a que ya se ha comunicado la decisión, todavía no se ha publicado la sentencia de Rull. No obstante, con la resolución de Turull en la mano, el TC rechazó todas las quejas expuestas por su defensa, entre ellas, la relativa al delito por el que fueron condenados. En línea con el Supremo, el TC rebatió que el delito de sedición sea un concepto penal vago que impida determinar con exactitud qué conductas castiga penalmente y que pueda comprometer el principio de seguridad jurídica: en este sentido, señala que “requiere que los sujetos activos se alcen públicamente mediante la actuación tumultuaria de una muchedumbre que emplea la fuerza o se sirve de vías extralegales para impedir la aplicación de las leyes o a cualquier autoridad o funcionario público el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de acuerdos o de las resoluciones administrativas o judiciales”.
El Supremo condenó a los nueve presos independentistas a penas de entre nueve y 13 años de prisión por el delito de sedición. El TC ha resuelto, de momento, tan solo dos recursos, condición indispensable para que puedan acudir a la vía europea.
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