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La jueza de la dana rechaza el sobreseimiento de la causa que pidió la exconsellera Pradas
La magistrada defiende hay "indicios abrumadores de una conducta negligente" de la que fuera titular de Emergencias

La jueza que instruye la causa penal sobre la gestión de la dana ha rechazado este viernes el sobreseimiento libre de la investigación para la exconsellera de Interior Salomé Pradas al señalar, entre otros argumentos, que hay "indicios abrumadores de una conducta negligente" por parte de la imputada.
La juez señala en la resolución, que consta de 23 páginas, que bastaría como fundamentación para rechazar esta petición “el simple hecho de que no se ha agotado la instrucción”, pero precisa que la denegación también se basa en la existencia de “indicios abrumadores de una conducta negligente” por parte de esta investigada.
La instructora detalla a continuación de forma pormenorizada esos indicios y su reflejo en las actuaciones, así como la “posición de garante” que tenía la exconsellera y las “sucesivas omisiones que se produjeron: desde la convocatoria del Cecopi con un evidente retraso” al “insoportable retraso en las alertas a la población, así como la falta de control de los barrancos”.
En esta línea, considera “aplicable en este caso” el término ‘negligencia grosera’, “atendiendo no solo al gravísimo resultado mortal, sino por la parsimonia en la adopción e las medidas y su carácter erróneo”.
El auto puede ser recurrido en reforma en el plazo de tres días o en apelación, en el plazo de cinco.
La defensa de Pradas pidió hace unos días el archivo de la causa después de la declaración ante la magistrada del presidente de la Confederación Hidrográfica del Jucar (CHJ), Miguel Polo. Ocho horas de declaración que, según la defensa de Pradas, son el ejemplo claro de que la exconsellera merece ser exculpada y ver la causa que investiga su responsabilidad sobreseída.
En concreto, su abogado afirma que Polo «reconoció que en el Cecopi no se manejó información sobre el barranco del Poyo, en cuyo entorno se produjo la mayoría de víctimas», y que tampoco tuvo el presidente de la CHJ «sensación del riesgo real» y que su actuación «se centró en la presa de Forata».
Según el escrito del letrado de Pradas, «la CHJ es el organismo responsable de la gestión, protección y monitorización de los caudales. A pesar de su crucial rol, la CHJ actuó de forma errática e incompleta». Entre las razones ofrecidas, según el documento, es que la Confederación «conocía, según sus propios datos web, que a las 18 horas el caudal del Barranco del Poyo era ya superior a 1700 m3/s. No obstante, esta información crucial no fue enviada hasta las 18:43 horas, y aun así, nunca se trasladó al Cecopi». Otro de los argumentos de la defensa de Pradas es que «entre las 13:42 y las 16:13 horas, la CHJ desactivó la alarma de caudal en tres ocasiones, indicando una tendencia decreciente. La crecida solo fue comunicada a las 18:43 horas, y lo hizo remitiendo un único correo que contenía los tres avisos acumulados (superación de 30 ml, 70 ml y 150 ml), incumpliendo así el protocolo de comunicación escalonada y puntual de la emergencia». En este sentido, insisten en que «Polo reconoció que bastantes sensores fallaron y que, aun conociendo este extremo, tampoco comunicó tal fallo al Cecopi».
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