Especiales

SEPE

Afectados por ERTE: el SEPE les da 30 días para devolver lo cobrado de más

Sanciona con un recargo del 20% si no se devuelve el dinero en el plazo fijado. Si no está conforme con la comunicación de cobro indebido podrá presentar alegaciones en un plazo de 10 días

Numerosos trabajadores han vuelto a sus puestos de trabajo, no se ha hecho efectiva su baja del Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) debido al colapso del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y han seguido cobrando la prestación. En otros casos, las cantidades recibidas pueden haber sido mayores de las que realmente les correspondían. Para todos los casos de cobros indebidos, el SEPE ha recordado en un comunicado que los afectados por ERTE a los que, por error, se les ingresó más dinero del que deberían estar cobrando, cuentan con 30 días hábiles para proceder a su devolución sin recargos ni intereses.

El SEPE ha explicado este jueves en una nota aclaratoria que aquellas personas que hayan recibido cobros de forma indebida recibirán una notificación para proceder a su devolución. En la comunicación enviada por correo postal, el SEPE informará del motivo del cobro indebido, del importe que adeuda e indicará un número de cuenta donde realizar la devolución. Tal y como señala el organismo, ya se está procediendo a notificar a las personas beneficiarias de prestaciones los cobros indebidos que se puedan haber originado. No obstante, advierte de que en determinadas prestaciones por ERTE es posible que, al consultar el recibo, se vea un cobro indebido que no es real y que desaparecerá cuando se realicen las regularizaciones pertinentes. La entidad recomienda volver a consultar el estado de la prestación más adelante, para comprobar que la situación se ha regularizado.

Si no puede realizar la devolución en un solo pago siempre queda la opción de solicitar un aplazamiento o fraccionamiento de la deuda. El plazo de pago no podrá exceder los cinco años, salvo autorización de la Dirección General del SEPE. Además, hay que tener en cuenta que a la cantidad adeuda se le aplicará un interés de demora del 3,75%. En caso de no ingresar alguna de las cantidades fraccionadas, el SEPE le requerirá de inmediato la totalidad de la cuantía pendiente.

Recargo del 20%

Transcurridos los 30 días sin que haya devuelto el cobro indebido el trabajador se enfrentará a un recargo del 20% sobre el importe original. En caso de solicitar un fraccionamiento o aplazamiento después del plazo voluntario de 30 días, a la cantidad adeudada también se le añadirán estos recargos. Lo mismo ocurrirá en caso de compensación por ser nuevamente beneficiario de prestaciones.

“Si ha recibido comunicación informándole de que ha percibido un cobro indebido de prestaciones por desempleo y no está conforme, podrá presentar alegaciones ante la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en el plazo de 10 días desde que recibió la comunicación”, señala el SEPE en su página web. Pasado dicho plazo, si no se estiman sus alegaciones, la Dirección Provincial dictará resolución señalando que ha percibido un cobro indebido y la cuantía del mismo