
Reclamación de derechos
Sebastián Ramírez, abogado: "Tienes derecho a cobrar hasta 600 euros de indemnización si pierdes tu vuelo"
Esta situación cada vez es más frecuente entre los pasajeros, que sufren las consecuencias de la mala gestión de las aerolíneas. Sin embargo, pocos son los que reclaman esta suma

Viajar en avión, símbolo de modernidad y eficiencia, puede convertirse en una auténtica odisea para los pasajeros, especialmente en temporada alta. La ansiedad comienza mucho antes de despegar, con largas colas en los controles, cambios de última hora en las puertas de embarque y la posibilidad real de perder el vuelo debido a demoras en el transporte al aeropuerto o a una gestión lenta en los filtros de seguridad. A esto se suman los retrasos que, en algunos casos, se prolongan durante horas o incluso días, dejando a los viajeros atrapados en salas de espera. Además, el temido overbooking, que ocurre cuando se venden más billetes que asientos disponibles, sigue siendo una realidad capaz de dejar a un pasajero en tierra incluso con su tarjeta de embarque ya emitida.
Para quienes han planificado sus vacaciones con ilusión y precisión, estos contratiempos no son simples inconvenientes logísticos, sino verdaderos golpes a la experiencia. Un vuelo perdido puede significar la cancelación de reservas, excursiones y conexiones con otros medios de transporte, además de un incremento inesperado en los gastos. El estrés emocional que implica lidiar con una aerolínea poco receptiva o sin alternativas inmediatas puede arruinar por completo un viaje soñado. Lo que prometía ser una escapada relajante se termina convertido en una maratón de reclamaciones, noches de hotel no previstas y la amarga sensación de haber desperdiciado un tiempo que no siempre se puede recuperar.
Sin embargo, una vez sucedido este imprevisto, el problema mayor llega cuando muchos pasajeros no tener en cuenta las posibles consecuencias que una demora como esta, o la directa cancelación del vuelo, pueden tener a ojos legales. El desconocimiento es el elemento al que muchas aerolíneas se agarran para salir indemnes de su mala gestión. Por tanto, como clientes hemos de ser conocedores de los derechos que tenemos y las normas que debemos de seguir para encontrar el límite de la legalidad.
Hasta 600 euros de indemnización por perder el vuelo
Sebastián Ramírez, abogado conocido en redes sociales bajo el nombre de "Leyes con Sebas", explica en unas de sus últimas publicaciones la importancia de reclamar la indemnización pertinente en cada uno de estos supuestos. "Tienes derecho a cobrar hasta 600 euros de indemnización si pierdes tu vuelo", afirma tajantemente el experto. Para ello, el licenciado en derecho indica que esta afirmación nace del reglamento de la Unión Europea, que esclarece en cada uno de sus apartados las condiciones que debe de cumplir nuestro incidente, ya sea de retraso o de cancelación, para aspirar a la máxima suma, que es la que menciona Ramírez.
"Los vuelos cada vez se retrasan más o tienen más fallos. No te conformes con un bocadillo o con un vale de diez euros, reclama lo que te toca", indica. Por el contrario, esta cuantía no es fija para todos los ejemplos, pues tiene unas características, relacionadas a la distancia y al lugar de llegada, que han de ser cumplidas para dictaminar la cantidad a cobrar. "Si es un vuelo de menos de 1.500 kilómetros son 250 euros, así hasta llegar a los 600 que es el máximo", concluye. Pero, con el fin de que el cliente se asegure de la indemnización exacta, conviene acudir al reglamento para ver que es exactamente lo que dice.
¿Qué es lo que dice el reglamento de la UE?
Tal y como segura Ramírez, todo lo que menciona viene recogido en el reglamento número 261/2004 del Parlamento Europeo. En esta legislación se regulan las normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos. Para ello, se tienen en cuenta los casos de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos. En el caso de la cancelación del vuelo, el pasajero no contará con una compensación si se le notifica con dos semanas de antelación.
Si el aviso se emite entre dos semanas y siete días de la hora prevista de despegue se le puede ofrecer un transporte alternativo con fecha de aterrizaje de no más de menos de cuatro horas de retraso. Pero, si la comunicación de este incidente es de menos de siete días, no podrá superar las dos horas de retraso con respecto a la hora estipulada en un principio. En caso de que no se cumplan estos supuestos con los periodos marcados, el cliente podrá reclamar estos tipos de indemnización.
- Un total de 250 euros para vuelos de hasta 1500 kilómetros.
- Hasta 400 euros para todos los vuelos intracomunitarios de más de 1500 kilómetros y para todos los demás vuelos de entre 1500 y 3500 kilómetros.
- Una compensación de 600 euros para el resto de casos que no queden incluidos en los dos apartados anteriores.
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